Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 14/12/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 22 de noviembre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Córdoba, dimanante de procedimiento verbal núm. 1786/2010. (PD. 4078/2011).

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NIG: 1402142C20100017231.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1786/2010.

Negociado: C.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: José Luis Zafra Fernández.

Procuradora: Sra. Inmaculada de Miguel Vargas.

Letrada: Sra. Laura Palacios Criado.

Contra: Gecor Construcciones y Reformas, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1786/2010 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Córdoba a instancia de José Luis Zafra Fernández contra Gecor Construcciones y Reformas, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 290/2011

En nombre de S.M. El Rey. En la ciudad de Córdoba, a veintidós de noviembre de dos mil once.

Vistos por la Sra. doña M.ª Jesús Salamanca Serrano, Magistrada-Juez Sttta. del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de esta ciudad y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal tramitados bajo el número 1786/10, promovidos a instancia de don José Luis Zafra Fernández que comparece representado por la Procuradora Sra. de Miguel Vargas y asistido de la Letrada Sra. Palacios Criado contra Gecor Construcciones y Reformas, S.L., declarada en rebeldía procesal durante la substanciación del presente procedimiento, en reclamación de cantidad de 869,06 euros. Habiendo recaído la presente en virtud de los siguientes,

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda inicial de estos autos, deducida por la Procuradora Sra. de Miguel Vargas a instancia don José Luis Zafra Fernández contra la mercantil Gecor Construcciones y Reformas, S.L., en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de ochocientos sesenta y nueve euros con seis céntimos de euros (869,06 euros), así como al pago de las costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra ella pueden interponer recurso de apelación en ambos efectos, en el plazo de cinco días, para ante la llma. Audiencia Provincial de Córdoba, en la forma prevenida en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 3406 0000 02 1786 10, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad en lo establecido en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación literal a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Gecor Construcciones y Reformas, S.L., extiendo y firmo la presente en Córdoba a veintidós de noviembre de dos mil once.- El Secretario.

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