Protocolo General de actuación entre la Agencia Digital de Andalucía y el Ayto. de Puente Genil para el impulso de la economía digital en su municipio a través de actuaciones de formación y tutorización para jóvenes, emprendedores digitales y trabajadores

Fecha de suscripción
Partes firmantes
El Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa y Presidente de la ADA.
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Puente Genil.
Duración
Cuatro años a partir de la fecha de su firma, pudiendo ser prorrogado por acuerdo expreso de las partes por el mismo plazo.

Objeto

Establecer las bases para la colaboración entre la Junta de Andalucía, a través de la ADA, y el Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil, en el desarrollo conjunto de actuaciones formativas y de tutorización para el impulso de la Economía Digital, a través de la mejora de la formación y la empleabilidad de los jóvenes en el ámbito de las nuevas tecnologías, así como la formación y tutorización de personas emprendedoras y trabajadoras.

Las actuaciones concretas de colaboración en desarrollo de este Protocolo que se deseen llevar a la práctica podrán requerir la celebración de los correspondientes acuerdos o convenios específicos, de conformidad con la normativa reguladora que les sea de aplicación.

Obligaciones económicas

El presente Protocolo no genera compromisos jurídicos ni contraprestaciones económicas para ninguna de las partes firmantes. No implica gastos para éstas, no suponiendo incremento del gasto público, ni disminución de los ingresos de igual naturaleza, ni conllevando ningún tipo de compromiso presupuestario adicional para las Partes.

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