Beneficios de la revisión de equipos y obligación de inspección

Equipos para aplicación de fitosanitarios

En una agricultura respetuosa con el medio ambiente es necesario utilizar equipos mecánicos que aseguren una distribución uniforme de los fitosanitarios. Los beneficios obtenidos por los agricultores o usuarios que realicen la revisión de su equipo de aplicación de fitosanitarios se traducirá en:

  • Ahorro de producto fitosanitario. 
  • Aumento de la seguridad y salud del aplicador.
  • Reducción de la contaminación ambiental. 
  • Asegurar la protección de los productos y de los consumidores.

Asimismo y en lo referente a las máquinas, el agricultor, como empresario agrario, está obligado a proporcionar equipos que sean adecuados para el trabajo que se realice, de forma que garanticen la seguridad y salud de los trabajadores que lo utilicen.

La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ha publicado una serie de documentos con el objeto de divulgar, por un lado aquellos elementos a revisar en los equipos de aplicación de fitosanitarios (según tipos) y por otro, en el caso de nueva adquisición de equipos una guía que ayudará a los técnicos y titulares a tomar una mejor decisión de compra.

Obligación de Inspección

La legislación sobre uso sostenible de Plaguicidas obliga a que los equipos de aplicación de productos fitosanitarios pasen una inspección de forma periódica (Real Decreto 1702/2011).

Con carácter previo a la inspección, los equipos de aplicación deberán ser inscritos en el "Censo de Equipos a Inspeccionar de Andalucia" (CEIA). Por defecto, aquellos equipos ya inscritos, o que en un futuro se deban inscribir en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA), se incluirán de oficio en el Censo sin ningún trámite adicional.

Los equipos incluidos en el CEIA deben pasar la inspección, al menos una vez, con anterioridad al 26 de noviembre de 2016, salvo que se traten de equipos nuevos adquiridos después del 10 de diciembre de 2011 (fecha de entrada en vigor del Real Decreto 1702/2011), que se inspeccionaran, al menos una vez, dentro del plazo de los cinco primeros años.

Para más información sobre estas inspecciones visite el apartado "Inspecciones de equipos de aplicación de fitosanitarios (ITEAF)".

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