Entidades de control de calidad
Son entidades de control de calidad de la construcción y obra pública, aquellas capacitadas para prestar asistencia técnica en la verificación de la calidad del proyecto, de los materiales y de la ejecución de la obra y sus instalaciones, de acuerdo con el proyecto y la normativa aplicable.
Las entidades que tengan domicilio social o profesional y establecimiento físico en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el ejercicio de su actividad deberán presentar una declaración responsable, ante la Consejería de Fomento y Vivienda, en la que se declare que cumple con los requisitos exigidos reglamentariamente que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante toda la vigencia de la actividad.
Son obligaciones de las entidades de control:
- Prestar asistencia técnica y entregar los resultados de su actividad al agente autor del encargo, y en todo caso, al responsable técnico de la recepción y aceptación de los resultados de la asistencia, ya sea el director de la ejecución de las obras, o el agente que corresponda en las fases del proyecto, la ejecución de las obras y la vida útil del edificio.
- Justificar que tienen implantado un sistema de gestión de la calidad que define los procedimientos y métodos de inspección que utiliza en su actividad y que cuenta con capacidad, personal, medios y equipos adecuados.
- Declaración Responsable para el ejercicio de la actividad de Entidad de Control
- Registro de laboratorios de ensayos y de entidades de control de calidad de la construcción y obra pública de Andalucía. Sección Segunda de Entidades de Control
(Las informaciones ofrecidas por este medio tienen exclusivamente carácter ilustrativo, y no originarán derechos ni expectativas de derechos (Decreto 204/1995 , artículo 4; B.O.J.A. 136 de 26 de octubre). Para un conocimiento más detallado y actual de los mismos podrá dirigirse al Servicio de Fomento y Control de Calidad de la Secretaría General Técnica de esta Consejería a través del correo electrónico, atencionciudadania.cfatv@juntadeandalucia.es) - Registro de Entidades de Control de Calidad con sede social o profesional fuera de Andalucía, pero con oficinas en esta CCAA (para mayor información consultar la web de la CCAA donde se haya Declarado la Sede Social o Profesional principal de la Enditad de Control)
- Registro General de Entidades de Control de Calidad del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana. (Real Decreto 410/2010)
- Visualizador de mapas de Laboratorio y Entidades de CC. Actuaciones de la Consejería
- Consideraciones sobre Entidades de Control y su contratación