Presupuesto protegible

El presupuesto protegible se refiere al coste total de las actuaciones objeto de la subvención, incluyendo:

  • El coste de ejecución material de las obras, que habrá de incluir un desglose por partidas, el beneficio industrial y los gastos generales.
  • El coste total de las actuaciones podrá incluir los honorarios de los profesionales intervinientes, el coste de la redacción de proyectos, informes técnicos y certificados necesarios.
  • Los gastos derivados de la tramitación administrativa y otros gastos generales similares.

Asimismo, deberán tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:

  • No se podrán incluir en los gastos generales impuestos, tasas o tributos.
  • El presupuesto de las obras no podrá superar los costes medios de mercado que a tales actuaciones correspondan.
  • El coste de los certificados, informes y proyectos técnicos subvencionables tampoco podrá superar los costes medios de mercado.
  • En cualquier caso, se considerará gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación.
  • No serán subvencionables actuaciones ejecutadas con anterioridad a la resolución de concesión de la subvención, salvo las correspondientes a la redacción de proyectos, informes técnicos y certificados necesarios.
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