Ayudas al alquiler de vivienda habitual: ¿Qué documentación hay que presentar?

Una vez analizadas las solicitudes presentadas y la información que contienen, se publicará la lista en Estado de Tramitacióny se requerirá a las personas cuyas solicitudes no estén completas o contengan datos que no estén claros para que, en el plazo de 10 días puedan subsanarlos. De no atender este requerimiento en plazo se les tendrá por desistido de  su solicitud.

Las solicitudes volverán a ser analizadas y se publicará un nuevo listado también en Estado de Tramitación que incluirá todas las que hayan sido debidamente subsanadas, esta vez ordenadas por puntuación, de mayor a menor. Se concederá un nuevo plazo de 10 días para aportar:

1. El Anexo III de datos complementarios.

2. La siguiente documentación a fin de contrastar la declaración efectuada:

   a) Contrato de arrendamiento de vivienda habitual y permanente ajustado a lo establecido en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, y demás normativa de aplicación. En el mismo podrá establecerse cláusula por la que condicione sus efectos a la obtención de la ayuda.

   b) Certificado de empadronamiento colectivo donde se incluyan todos los miembros que componen la Unidad de Convivencia. En el caso en que los efectos del contrato de arrendamiento estuvieran condicionados a la resolución de la ayuda, este certificado se presentará en el plazo de un mes desde la resolución definitiva.

   c) Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, o certificado de la Agencia Estatal Tributaria sobre los ingresos percibidos, y aportaciones a la seguridad social cuando no hubiera tenido obligación de presentarla. En caso de ser persona trabajadora por cuenta propia, se aportará el certificado expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.. Estos datos podrán ser contrastados con los obtenidos directamente a través de la Administración Tributaria.

   d) Justificación de mensualidades ya abonadas en la anualidad a que corresponde la convocatoria, acreditadas conforme al modo de pago establecido en el contrato de arrendamiento, cumplimentando el Anexo IV.

   e) Documentación acreditativa de los criterios de baremación, a aportar solo si los ha consignado previamente en su solicitud:

1. Decreto o sentencia judicial de lanzamiento por falta de pago de las rentas o cantidades debidas por el arrendatario.

2. Decreto o sentencia judicial de lanzamiento por ejecución hipotecaria o escritura pública de transmisión en caso de dación en pago.

3. Certificado de demandante de empleo todos los miembros de la unidad familiar.

4. Certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.

5. Acreditación documental de estar en una de las situaciones de discapacidad de las comprendidas en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de la personas con discapacidad.

6. Certificado de reconocimiento de situación de dependencia en los términos establecidos en el Decreto 168/2007, de 12 de junio, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como los órganos competentes para su valoración.

7. Acreditación de la condición de violencia de género por cualquiera de los medios previstos en el artículo 30.1 de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.

8. Acreditación de la condición de victima de terrorismo expedida por el Ministerio del Interior.
   f) Declaración responsable de la titularidad de la cuenta de la persona solicitante en la que se realizará el abono de la subvención.

   g) En caso de familia numerosa, fotocopia u original del documento acreditativo del titulo de familia numerosa expedido por la Administración de la Junta de Andalucía.

   h) En el caso en que la solicitud sea presentada por persona representante legal, se aportará acreditación de la representación.
 
De no presentarse esta documentación en el plazo señalado, se entenderá desisitida la solicitud.
 

Índice