Consejo Andaluz del Taxi

Información general

Titular
Órgano colegiado

Funciones

  • Actuar como órgano de consulta entre el sector del taxi y las Administraciones competentes en la materia.
  • Informar de los proyectos de disposiciones de carácter general de la Administración de la Junta de Andalucía, que afecten a la ordenación y coordinación del servicio del taxi.
  • Elaborar informes y dictámenes en materia del servicio del taxi cuando así lo requiera la Consejería competente en materia de transportes o lo decida el propio Consejo.
  • Presentar a las Administraciones competentes propuestas y sugerencias para la mejora del servicio del taxi y, especialmente, para la extensión de la implantación del taxi adaptado a personas usuarias con discapacidad, y para la protección del medio ambiente.
  • Cualquier otra función que le sea atribuida por las disposiciones que, al efecto, se dicten.

Asimismo, el Consejo Andaluz del Taxi, a través de su Comisión Permanente o de las Comisiones y Subcomisiones Provinciales del Taxi, podrá ser oído en los siguientes procedimientos regulados por los artículos que se citan del Reglamento:

  • Establecimiento de Áreas Territoriales de Prestación Conjunta.
  • Variación del número de licencias de un municipio o ámbito territorial, con carácter previo al informe preceptivo y vinculante de la Consejería competente en materia de transportes.
  • Autorización que permita a vehículos residenciados en otros municipios realizar el transporte con origen en puntos específicos de gran demanda de transportes.
  • Fijación por la Consejería competente en materia de transportes de unas tarifas interurbanas diferenciadas y específicas para aquellas poblaciones y áreas de influencia que por sus especiales características así lo requieran.
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