Convenio entre el Ministerio de Defensa e INVIED, OA, con la Junta de Andalucía y el Ayto. de Córdoba para la constitución de un derecho de superficie a favor del INVIED, OA, sobre terrenos ubicados en el P.I. “La Rinconada”, sito en el T.M. de Córdoba
Objeto
Constitución gratuita de un derecho de superficie.
1.- La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, a través de la AVRA y el Ayuntamiento se comprometen a constituir gratuitamente un derecho de superficie sobre la parcela que se describe en la cláusula segunda con una superficie aproximada de 85 hectáreas y un aprovechamiento máximo en un tanto por ciento a determinar en el Plan Parcial en trámite, suficiente para llevar a cabo el Proyecto y sus previsibles ampliaciones, del total del sector sobre la misma, por un plazo de 75 años a favor del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, en adelante INVIED, O.A., para su posterior adscripción a la Defensa Nacional y para su uso por el Ministerio de Defensa, al amparo de lo dispuesto en los artículos 72, 75.1.b), 76.b) y 77 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía una vez aprobada la modificación del Plan Parcial del Parque Industrial “La Rinconada”, tras la tramitación de los documentos urbanísticos necesarios y la inclusión del inmueble en los distintos patrimonios públicos de suelo, comprometiéndose dicho Departamento a destinarla a Base Logística “General de Ejército Javier Varela” durante el citado plazo de 75 años.
En relación a este último aspecto, las partes se comprometen, en la medida que lo permita la legislación entonces vigente, a renovar el derecho de superficie objeto de este convenio, por un plazo de 25 años prorrogables por otros 25 años, siempre que las necesidades militares del momento lo hagan aconsejable.
2.- Previamente, a fin de tramitar el correspondiente expediente de constitución del derecho de superficie, el Ministerio de Defensa declarará de interés público para la Defensa Nacional, de acuerdo con la normativa vigente, la instalación de la base logística en los terrenos del Parque Logístico de “La Rinconada”.
3.- Por su propia naturaleza, una vez constituido el derecho de superficie no podrá dejarse sin efecto unilateralmente por parte de las Administraciones autonómica o local antes del transcurso del citado plazo de 75 años. En el título constitutivo del derecho de superficie se hará constar, entre otras, esta circunstancia así como el plazo para el inicio por parte del Ministerio de la ejecución de las obras de edificación.
Obligaciones económicas
De este convenio no se deriva obligación financiera alguna.