Convenio para la concesión de una subvención directa, de carácter excepcional, para la promoción de 47 viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes, en Chiclana de la Frontera. Programa 6 del R.D. 853/2021, de 5 de octubre.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera
Duración
Hasta el 30 de junio de 2027

Objeto

Constituye el objeto del presente Convenio regular la concesión directa de una subvención excepcional al Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera para financiar la promoción consistente en una actuación con un total de 47 viviendas, destinadas a alquiler social en edificios energéticamente eficientes.

A tal efecto, el presente convenio tiene el carácter de bases reguladoras de la citada subvención.

Obligaciones económicas

La cuantía de la subvención se calcula según lo establecido en el articulo 65 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, en atención a la superficie útil de cada vivienda, que se determina como una cuantía fija de 700 euros por metro cuadrado de superficie útil de vivienda. La cuantía de esta subvención no podrá superar los 50.000 euros por vivienda, sin que en ningún caso pueda exceder del coste de las actuaciones subvencionables.

El importe total de la subvención con cargo al Programa 6 asciende a 1.819.405,00 euros.

La Unión Europea participa en un 100% de la financiación del Programa 6, a través del Fondo de Recuperación denominado Next Generation EU, aprobado por el Consejo Europeo el 21 de junio de 2020.

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