Vivienda aprueba ayudas económicas a los ayuntamientos para agilizar la planificación urbanística
La orden, con una vigencia de tres años, financiará la redacción de planes generales y la adaptación a la LOUA para impulsar la construcción de vivienda protegida
Andalucía,
06/08/2008
Vivienda y Ordenación del Territorio ha aprobado una orden que regulará la concesión de ayudas económicas a los Ayuntamientos para incentivar la mejora de los instrumentos de planificación y gestión urbanística. Con esta medida, que tendrá una vigencia de tres años, la Consejería pretende agilizar los procesos de elaboración del planeamiento municipal con el fin de garantizar así una oferta de suelo suficiente con destino a la promoción de viviendas protegidas en todos los municipios andaluces, un objetivo que el propio consejero de Vivienda, Juan Espadas, se marcó como prioritario en su comparecencia ante la Comisión de Vivienda y Ordenación del Territorio del Parlamento de Andalucía, del pasado mes de junio. Esta orden permitirá, además, dar continuidad a las subvenciones que desde la Administración autonómica se venían concediendo a los municipios en esta materia. En ese sentido, el consejero de Vivienda, Juan Espadas, ha subrayado que "esta línea de ayudas se ha convertido en un instrumento muy eficaz de impulso de la colaboración y asistencia a los Ayuntamientos en el ejercicio de la actividad urbanística, de acuerdo con las pautas impuestas por el modelo territorial andaluz".
Todos los Ayuntamientos andaluces podrán beneficiarse de esta vía de financiación, que estará destinada a sufragar cinco áreas de trabajo: la redacción de planes generales y sus revisiones totales; las adaptaciones de los PGOU a las determinaciones de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), conforme al Decreto 11/2008, aprobado para agilizar la adaptación al marco normativo andaluz; el fomento de la participación pública en el planeamiento; la difusión del planeamiento; y las actuaciones relacionadas con la gestión y ejecución del planeamiento urbanístico municipal. Las ayudas consignadas para la redacción de los PGOU podrán costear todo el proceso de elaboración o algunas fases de su tramitación, tanto en los casos en los que se formule un nuevo plan como en los que se proceda a la revisión, aunque en los municipios mayores de 50.000 habitantes la subvención deberá emplearse de forma exclusiva en estudios para definir las políticas de suelo y vivienda, de movilidad, así como de otros sistemas generales. Las cuantías concedidas varían entre el 100% del presupuesto para municipios de menos de 20.000 habitantes, y el 10% para los de más de 50.000 habitantes. En el caso de la adaptación parcial de los planes a la LOUA a través del Decreto 11/2008, el importe máximo a subvencionar será del 100 % de la misma.
Para fomentar la participación pública y la difusión del planeamiento, se abonarán ayudas que financiarán entre el 60% y el 40% del presupuesto, en función de si los municipios son menores de 10.000 habitantes o mayores de 50.000, mientras que para acometer las actuaciones relacionadas con la gestión y la ejecución del planeamiento urbanístico municipal, la subvención a conceder oscilará entre el 80% del coste para localidades con un censo menor a los 10.000 habitantes, y el 40% para municipios con una población mayor a los 50.000 habitantes. Junto a esta orden aprobada hoy, la Consejería de Vivienda trabaja en el desarrollo de otras medidas que igualmente buscan favorecer el proceso de tramitación de los Planes Generales de Ordenación Urbanística. Así, también se crearán ocho equipos técnicos, uno por provincia, que ofrecerán información y apoyo a los Ayuntamientos en la redacción de las adaptaciones y revisiones, así como para la nueva elaboración del planeamiento en aquellos municipios que no dispongan de instrumento de planeamiento.
De igual modo, la Consejería se ha propuesto ampliar el número de Oficinas Territoriales de Asesoramiento Urbanístico (OTAU) existentes, de forma que de las 17 actuales se pasará a 46 antes de que finalice este año. Estas oficinas prestarán el apoyo técnico y jurídico que sea necesario para la redacción de las adaptaciones parciales.También se prevé suscribir protocolos con los Ayuntamientos interesados en la aprobación de las adaptaciones parciales, así como con aquellos con interés en desarrollar los restantes instrumentos recogidos en el Decreto 11/2008 para poner suelo urbanizado en el mercado con destino preferente a la construcción de viviendas protegidas. Además, la Consejeria tiene prevista la modificación del Decreto 220/2006 por el que se regula el ejercicio de las competencias en materia de ordenación del territorio y urbanismo con el objetivo general de reducir y agilizar los trámites administrativos.
Todos los Ayuntamientos andaluces podrán beneficiarse de esta vía de financiación, que estará destinada a sufragar cinco áreas de trabajo: la redacción de planes generales y sus revisiones totales; las adaptaciones de los PGOU a las determinaciones de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), conforme al Decreto 11/2008, aprobado para agilizar la adaptación al marco normativo andaluz; el fomento de la participación pública en el planeamiento; la difusión del planeamiento; y las actuaciones relacionadas con la gestión y ejecución del planeamiento urbanístico municipal. Las ayudas consignadas para la redacción de los PGOU podrán costear todo el proceso de elaboración o algunas fases de su tramitación, tanto en los casos en los que se formule un nuevo plan como en los que se proceda a la revisión, aunque en los municipios mayores de 50.000 habitantes la subvención deberá emplearse de forma exclusiva en estudios para definir las políticas de suelo y vivienda, de movilidad, así como de otros sistemas generales. Las cuantías concedidas varían entre el 100% del presupuesto para municipios de menos de 20.000 habitantes, y el 10% para los de más de 50.000 habitantes. En el caso de la adaptación parcial de los planes a la LOUA a través del Decreto 11/2008, el importe máximo a subvencionar será del 100 % de la misma.
Para fomentar la participación pública y la difusión del planeamiento, se abonarán ayudas que financiarán entre el 60% y el 40% del presupuesto, en función de si los municipios son menores de 10.000 habitantes o mayores de 50.000, mientras que para acometer las actuaciones relacionadas con la gestión y la ejecución del planeamiento urbanístico municipal, la subvención a conceder oscilará entre el 80% del coste para localidades con un censo menor a los 10.000 habitantes, y el 40% para municipios con una población mayor a los 50.000 habitantes. Junto a esta orden aprobada hoy, la Consejería de Vivienda trabaja en el desarrollo de otras medidas que igualmente buscan favorecer el proceso de tramitación de los Planes Generales de Ordenación Urbanística. Así, también se crearán ocho equipos técnicos, uno por provincia, que ofrecerán información y apoyo a los Ayuntamientos en la redacción de las adaptaciones y revisiones, así como para la nueva elaboración del planeamiento en aquellos municipios que no dispongan de instrumento de planeamiento.
De igual modo, la Consejería se ha propuesto ampliar el número de Oficinas Territoriales de Asesoramiento Urbanístico (OTAU) existentes, de forma que de las 17 actuales se pasará a 46 antes de que finalice este año. Estas oficinas prestarán el apoyo técnico y jurídico que sea necesario para la redacción de las adaptaciones parciales.También se prevé suscribir protocolos con los Ayuntamientos interesados en la aprobación de las adaptaciones parciales, así como con aquellos con interés en desarrollar los restantes instrumentos recogidos en el Decreto 11/2008 para poner suelo urbanizado en el mercado con destino preferente a la construcción de viviendas protegidas. Además, la Consejeria tiene prevista la modificación del Decreto 220/2006 por el que se regula el ejercicio de las competencias en materia de ordenación del territorio y urbanismo con el objetivo general de reducir y agilizar los trámites administrativos.
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