Gutiérrez resalta que la ordenación territorial y el urbanismo tienen que facilitar el ejercicio del derecho a la vivienda
La consejera de Obras Públicas clausura las jornadas de Ordenación del Territorio, Vivienda y el cumplimiento de la legalidad urbanística
Andalucía,
30/10/2007
La consejera de Obras Públicas y Transportes, Concepción Gutiérrez, ha resaltado en la clausura de las jornadas "Ordenación del territorio, vivienda y el cumplimiento de la legalidad" que uno de los principios rectores de la política social y económica de la Junta de Andalucía parte de la premisa que la ordenación territorial y el urbanismo tienen como finalidad favorecer el derecho constitucional a la vivienda digna, recogido en la Constitución Española y en el estatuto de Andalucía. Por ello, Concepción Gutiérrez ha hecho un llamamiento a todas las partes que participan del proceso para alcanzar un escenario dominado por un desarrollo sostenible y por el disfrute de viviendas dignas y adecuadas para afianzar el principio de la legalidad en la ordenación territorial y urbanística.En este contexto, Gutiérrez ha manifestado que la futura Ley del Derecho a la Vivienda en Andalucía y el Pacto por la Vivienda en Andalucía dotan a nuestra comunidad autónoma de un marco legal para ordenar el crecimiento humano y productivo con respecto a los valores ambientales y tomando a la vivienda digna y adecuada como un principio finalista que ha de inspirar la normativa y la actuación de los poderes públicos en sus diferentes ámbitos sectoriales. El cumplimiento de la legalidad en este ámbito de referencia es uno de los pilares fundamentales para el desarrollo del sistema democrático en la configuración espacial de las actividades humanas.A lo largo de su intervención, la consejera de Obras Públicas ha hecho hincapié en que la edificación ilegal en suelo no urbanizable, y el incumplimiento de los deberes de cesiones y cargas urbanísticas para la dotación de equipamientos, son las dos conductas infractoras que constituyen una mayor vulneración de los derechos constitucionales y estatutarios.La edificación ilegal en suelo no urbanizable supone la negación del modelo de ciudad mediterránea como el lugar donde se ejercen los derechos, por lo que los moradores de estas viviendas quedan fuera del sistema de protección social que otorga la ciudad planificada. Además, ello provoca un impacto territorial que condiciona el crecimiento territorial y económico de los municipios, al haberse ocupado para viviendas, un suelo que bien podrían haberse dedicados a usos de mayor interés general, entre ellos los productivos. Igualmente estas edificaciones pueden vulnerar el derecho al medio ambiente si están levantadas en suelos protegidos.El incumplimiento de las cesiones y cargas urbanísticas dificultan la dotación de nuestras ciudades de los equipamientos, espacios libres y servicios que permiten a los ciudadanos ejercer sus derechos. La educación, la sanidad o la cultura dependen de la existencia de una infraestructura necesaria para que puedan ser desarrollados tales derechos, infraestructuras que deben ser aportadas por los nuevos crecimientos para el disfrute global de la colectividad.El sistema constitucional español asigna, en la salvaguarda de estos derechos, competencias a los poderes públicos: Gobierno de España, Comunidad Autónoma y Ayuntamientos.Por su parte, la Junta de Andalucía tiene asignadas como competencias exclusivas en materia de vivienda, ordenación del territorio y urbanismo, pero a la vez afianza como parte de la autonomía local determinados ámbitos competenciales en la aprobación del planeamiento, la ejecución y la disciplina urbanística. Las competencias de la Junta de Andalucía en materia de disciplina urbanística son subsidiarias de la actuación municipal y restringida a aquellas tipologías de infracciones que tienen una clara incidencia territorial. Asimismo, las competencias en disciplina territorial de la Comunidad Autónoma no excluye la competencia de la administración General del Estado en la normativa sectorial.
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