La Junta se persona para que se revise de oficio la licencia para la demolición del Algarrobico

El Consejo de Gobierno toma conocimiento de las acciones para restituir la legalidad en suelos protegidos de Cabo de Gata-Níjar
Andalucía, 14/05/2024

Vista del hotel del Algarrobico, en la playa de Carboneras (Almería). Foto: EFE

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de las actuaciones llevadas a cabo por la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda para devolver a su estado natural los terrenos donde se sitúa el hotel de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), en una serie de acciones proactivas para restituir la legalidad en unos terrenos especialmente protegidos en pleno Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar. Entre ellas, figura la personación de la Junta de Andalucía para que se ejecute la sentencia judicial que admite la revisión de oficio de la licencia de obras del hotel y se declare su nulidad como paso previo y necesario para su posterior demolición.

Andalucía, como establece su Estatuto de Autonomía, ostenta competencias en materia de ordenación del territorio, urbanismo y el litoral. El artículo 35 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), contiene un mandato para preservar el espacio litoral de actuaciones que menoscaben su conservación y puesta en valor como recurso territorial básico. De igual modo, el artículo 147 recoge que las administraciones públicas deben asegurar el cumplimiento de la legislación y ordenación territorial y urbanística mediante el ejercicio de una serie de potestades como el restablecimiento de la legalidad territorial y urbanística vulnerada, así como ejercer acciones administrativas y judiciales frente a actos administrativos que infrinjan el ordenamiento jurídico.

Dentro de estas competencias, la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda ha llevado a cabo una serie de acciones proactivas con la finalidad de que se cumpla con la ley en lo concerniente a las obras del Hotel Azata del Sol, en el paraje conocido como El Algarrobico. Este edificio se levantó en el Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, que fue el primer espacio marítimo-terrestre protegido de Andalucía y ha sido reconocido por la UNESCO como Reserva de la Biosfera y Geoparque Mundial.

Según recoge el informe, la Junta de Andalucía ha seguido dos líneas de acción no sólo para reponer la realidad física alterada sino para salvaguardar el principio de seguridad jurídica, ya que se trata de suelos rústicos especialmente protegidos. En primer lugar, la intervención autonómica se ha dirigido a que los instrumentos de planeamiento reflejen fielmente la clasificación real de los terrenos. Para ello, la Junta de Andalucía se personó en el incidente de ejecución de la Sentencia 2000/2016, de 18 de julio de 2016, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que anula el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Carboneras de 2009, por el que se aprobó definitivamente el PGOU, en lo referente al sector Algarrobico y el sector El Canillar, que debían figurar como suelo no urbanizable.

Esta personación obedeció a otro acuerdo plenario de 2023, que aprobó definitivamente la modificación del instrumento de planeamiento general de PGOU de Carboneras. Ese acuerdo intentaba eludir el fallo judicial, ya que pretendía que la clasificación del suelo como de especial protección tuviese efectos "sobrevenidos" al planeamiento vigente. De hecho, el TSJA declara la nulidad parcial de este acuerdo e insiste en que la realidad de los suelos en cuestión es la del Plan de Ordenación de Recursos Naturales de 1994.

En segundo lugar, se han acometido operaciones para eliminar la licencia urbanística municipal en vigor y que hoy todavía otorga cobertura a una obra ilegal. Al respecto, la Junta de Andalucía se ha personado en la ejecución de la sentencia del TSJA de julio de 2021 en la que se dicta la revisión de oficio de la licencia de obras del Hotel Azata del Sol, concedida en enero de 2003. La declaración de nulidad de la licencia constituye un requisito ineludible para el restablecimiento de los terrenos a su estado original.

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