Córdoba dispone de más de 1,8 millones de euros para ayudas al alquiler a familias en situación de vulnerabilidad

La delegada de Fomento avanza que el objetivo es llegar a 500 familias y que, desde hoy, 26 de junio, los interesados pueden presentar su solicitud
Andalucía, 26/06/2024

La delegada territorial de Fomento en la rueda de prensa de hoy.

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda ha lanzado una nueva línea de ayudas al alquiler por un montante de más de 17 millones de euros para toda Andalucía para asistir a personas que se encuentran en especial situación de vulnerabilidad. El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicó ayer el extracto y la orden de la convocatoria de subvenciones, cuyo importe se ha incrementado con respecto a anteriores ediciones.

La provincia de Córdoba dispone de más de 1,8 millones de euros dentro de esta línea de ayudas y, como ha informado la delegada de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, Carmen Granados, el objetivo es llegar a 500 familias cordobesas. Teniendo en cuenta que cada ayuda atiende a una unidad familiar formada por una media de tres miembros, la previsión es atender a 1.500 personas.

Desde hoy, 26 de junio, se pueden presentar las solicitudes de manera telemática y presencial. Respecto a esta última, la delegada ha adelantado que se ha puesto personal de la Junta para ayudar a los interesados a cumplimentar la información y asesorarle en los trámites.

Granados ha explicado que el objetivo es “facilitar una solución habitacional rápida a estas personas ya que la vivienda es un derecho constitucional” y ha destacado la “alta demanda que ha tenido esta misma convocatoria en años anteriores”. Además, ha destacado que esta nueva convocatoria, incluida en el plan Vive Andalucía 2020-2030, “se suma a otras ayudas del Gobierno andaluz como las referidas al tercer sector o el bono joven”

La nueva convocatoria, que es por régimen de concurrencia no competitiva, se abrirá en julio, justo un mes después de su publicación en el BOJA. Estas ayudas están dirigidas a personas sin hogar, víctimas de violencia de género, víctimas de desahucio de su vivienda habitual, a víctimas de trata con fines de explotación sexual y a otras familias en situación de especial vulnerabilidad acreditada por los servicios sociales o de la administración local correspondiente y que tengan dificultades para hacer frente al pago de la renta arrendaticia de su vivienda habitual.

Para esta convocatoria se podrán imputar gastos subvencionables para el periodo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024. La persona solicitante determinará en su solicitud las fechas de inicio y fin de la actuación, teniendo en cuenta que el importe total de la subvención no deberá exceder los 6.000 euros. Los beneficiarios recibirán el cien por cien de la subvención en una única forma de pago.

Los solicitantes tendrán que ser titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda habitual igual o inferior a 600 euros al mes. En esta renta no se incluye el coste de anejos como plazas de garaje o trasteros. La cantidad puede elevarse a los 900 euros en supuestos debidamente justificados.

Asimismo, deberán estar empadronados en Andalucía o acreditar mediante certificado de la Policía Local que acredite el establecimiento en la zona de más de un año de antigüedad, salvo situación extraordinaria debidamente motivada por los servicios sociales de la Comunidad Autónoma o de la Administración local.

La vivienda en alquiler, de igual forma, debe ser residencia habitual y permanente del solicitante, que no debe ser propietario o usufructuario de un inmueble en España (salvo excepciones, como, la no disponibilidad por causas de separación o divorcio). Los requisitos se acreditarán con el informe de los servicios sociales comunitarios.

No podrán disfrutar de estas subvenciones si las personas arrendadoras de la vivienda sean una administración pública o una empresa pública o si hay relación de parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona arrendadora.


 


 


 


 


 

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