Espectáculos taurinos

El artículo 13.32 del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a nuestra Comunidad Autónoma competencias exclusivas en materia de espectáculos, sin perjuicio de las normas del Estado.

Por ello, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, en cuya disposición final primera se faculta al Consejo de Gobierno para el desarrollo reglamentario en materia de espectáculos taurinos.

Haciendo uso de esta habilitación, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó el Decreto 88/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Escuelas Taurinas de Andalucía, el Decreto 143/2001, de 19 de junio, por el que se regula el régimen de autorización y funcionamiento de las plazas de toros portátiles, el Decreto 62/2003, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Festejos Taurinos Populares y se regulan determinados aspectos de los espectáculos taurinos, y el Decreto 68/2006, de 21 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Taurino de Andalucía.

Normativa taurina

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