Equipos de enfriamiento evaporativos de agua perdida pulverizada mediante boquillas (Nebulizadores)
Los equipos de enfriamiento evaporativo son instalaciones que ponen en contacto una corriente deaire con otra de agua para disminuir la temperatura del aire aprovechando la energía absorbida porel agua en su proceso de evaporación. Con este fenómeno se consiguen dos efectos, refrigerar elaire y humidificarlo.
Los equipos de agua nebulizada pulverizada mediante boquillas, también llamados popularmenteinstalaciones de microclima, nebulizadores, humidificadores ambientales o estufas frías, sonsistemas de pulverización de agua que generan microgotas directamente en las zonas en las que sedesea conseguir el efecto de refrigeración, humidificación o incluso a veces un efecto de tipoestético.
Desde un punto de vista de transmisión de Legionella, estos equipos suponen un riesgo importante, ya que ladistancia entre las personas y el punto de pulverización es muy escasa y el tamaño de las gotas esmuy pequeño. Estas instalaciones cumplen, por tanto, todos los requisitos para convertirse en instalaciones de riesgo detransmisión de Legionella.
Requisitos legales y estándares de referencia
Estas instalaciones se encuentran definidas como de menor probabilidad de proliferación ydispersión de Legionella en la normativa vigente. Es por ello que a estas instalaciones les es deaplicación, principalmente, el Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterioshigiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.
Además les son también de aplicación otras normas y recomendaciones, como la Guía técnica delMinisterio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para la prevención y control de lalegionelosis en instalaciones objeto del ámbito de aplicación del RD 865/2003.
Obligaciones de los titulares de las instalacionessegún el Real Decreto 865/2003
Según el Real Decreto 865/2003 de 4 de julio, por el que se establecen los criterioshigiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis
Artículo 4: Los titulares de las instalaciones a las que les es de aplicación el Real Decreto serán los responsables del cumplimiento de lo dispuesto en el mismo y de que selleven a cabo los programas de mantenimiento periódico, las mejoras estructurales y funcionales delas instalaciones, así como del control de la calidad microbiológica y físico-química del agua, conel fin de que no representen un riesgo para la salud pública.
La contratación de un servicio de mantenimiento externo no exime al titular de la instalación desu responsabilidad.
Artículo 5: Los titulares de las instalaciones a las que les es de aplicación elReal Decreto deberán disponer de un registro de mantenimiento. El titular de la instalación podrádelegar la gestión de este registro en personas físicas o jurídicas designadas al efecto. Elregistro de mantenimiento estará siempre a disposición de las autoridades sanitarias responsablesde la inspección de las instalaciones.
Artículo 6: La utilización de agua que no proceda de una red de distribución pública o privada requerirá lapreceptiva concesión administrativa de aprovechamiento del recurso, emitida por la autoridadcompetente en materia de gestión del dominio público hidráulico.
Artículo 8: Para las instalaciones recogidas en el artículo 2.2.2 (entre las quese encuentran este tipo de equipos de enfriamiento evaporativo que pulverizan agua) se elaborarán y aplicarán programas de mantenimiento higiénico sanitario adecuadosa sus características.
Criterios básicos de actuación para el control de laLegionella en las instalaciones de enfriamiento evaporativo de agua perdida pulverizada medianteboquillas
Los criterios básicos de actuación se tienen que basar en:
- Controlar y garantizar la calidad microbiológica en el agua de consumo:
- Conservar en perfecto estado el circuito de distribución del agua evitando procesos deincrustaciones calcáreas y/o de corrosión
- Realizar un mantenimiento de la instalación que incluya limpieza y, si es el caso, ladesinfección de las partes más susceptibles de contaminación
Todo el personal (propio o contratado) que realice operaciones de mantenimiento higiénicosanitario de la instalación deberá haber realizado los cursos autorizados.
Se recomienda que la periodicidad de limpieza de estas instalaciones sea de, al menos, una vezal año, y se realice siempre una limpieza y desinfección previa a su puesta en marcha, teniendo encuenta el principio básico de limpieza exhaustiva antes de desinfectar.
Líneas generales del Programa de mantenimiento higiénicosanitario
- Aspectos generales y medidas preventivas
- Esquema de funcionamiento hidráulico
- Programa de revisión y mantenimiento de equipos
- Programa de limpieza y desinfección
- Programa de control de agua
- Registro de las operaciones de mantenimiento
Para redactar su propio programa puede utilizar el guión que, a titulo de ejemplo, se incluye enel documento: