Derechos, ayudas y prestaciones de apoyo a la autonomía de las personas con discapacidad
En el supuesto de interrupción del embarazo por causas médicas, la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, establece que la mujer recibirá, además del asesoramiento sobre métodos y condiciones para la interrupción del embarazo, los centros públicos y acreditados a los que se pueda dirigir, los trámites para acceder a la prestación y las condiciones para su cobertura por el servicio público de salud correspondiente, información por escrito sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas existentes de apoyo a la autonomía de las personas con alguna discapacidad, así como la red de organizaciones sociales de asistencia social a estas personas.
Derechos, ayudas, beneficios y prestaciones públicas de apoyo a la autonomía de las Personas con discapacidad y red de organizaciones sociales en Andalucía
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Prestaciones de carácter económico
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Pensiones no Contributivas de Invalidez.
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Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte. Prestación por hijo a cargo.
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Prestación por orfandad.
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Ayudas sociales de carácter extraordinario a favor de las personas beneficiarias de pensiones no contributivas de invalidez, de pensiones asistenciales y del subsidio de garantía de ingresos mínimos.
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Ayudas individuales no periódicas, en concepto de transporte, adaptación de vehículo a motor, adquisición, renovación y reparación de prótesis, órtesis y otras ayudas técnicas.
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Subvenciones para la adquisición de ayudas técnicas en el ámbito de las TICs.
Prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia (SAAD)
Son servicios y prestaciones económicas que irán destinadas, por una parte, a la promoción de la autonomía personal y, por otra, a atender las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria. Para el reconocimiento de la situación de dependencia, la persona interesada ha de solicitarla en los Servicios Sociales Comunitarios correspondientes al ayuntamiento del municipio donde resida.
a.- Personas menores de 3 años acreditadas en situación de dependencia:
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Ayuda a domicilio.
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Prestación económica vinculada a la ayuda a domicilio, o
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Prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
b.- Las personas mayores de 3 años acreditados en situación de dependencia podrán acceder a:
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Los servicios recogidos en el siguiente catálogo:
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Servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal.
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Servicio de Teleasistencia.
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Servicio de Ayuda a domicilio:
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Atención de las necesidades del hogar.
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Cuidados personales.
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Servicio de Centro de Día y de Noche:
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Centro de Día para menores de 65 años.
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Centro de Día de atención especializada.
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Centro de Noche.
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Servicio de Atención Residencial.
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Centro de atención a personas en situación de dependencia, en razón de los distintos tipos de discapacidad.
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Las siguientes prestaciones económicas:
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Prestación económica vinculada al servicio.
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Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
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Prestación económica de asistencia personal.
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Reconocimiento del grado de discapacidad
Se realiza en los centros de valoración y orientación dependientes de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social. En los centros se informa, asesora y orienta sobre cuestiones específicas relacionadas con la atención a las personas con discapacidad.
Disponer de este reconocimiento posibilita el acceso a determinadas medidas de protección social.
Se ha creado la Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad
Beneficios fiscales
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Deducciones para contribuyentes con discapacidad (IRPF, IVA, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales).
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Deducciones por asistencia a personas con discapacidad.
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Exención total del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para asociaciones de personas con discapacidad sin ánimo de lucro.
Empleo
Al objeto de favorecer la inserción laboral de las personas con discapacidad hay un conjunto de medidas como:
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Reducción de la edad de jubilación.
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Bonificaciones en cotizaciones a la seguridad social y subvenciones variables por creación de empleo.
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Exención de tributación de las prestaciones por desempleo que se perciban en la modalidad de pago único, para el autoempleo de trabajadores con discapacidad.
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Subvención a las empresas por contratación de trabajadores con discapacidad.
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Obligación de las empresas de más de 50 trabajadores de contar en sus plantillas con un mínimo del 2% de trabajadores con discapacidad o implementación de las medidas alternativas legalmente previstas.
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Programas de proyecto integrales de fomento de empleo de personas con discapacidad.
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En empleo público:
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Exención tasas examen.
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Reserva de plazas en las Ofertas de Empleo Público de las distintas Administraciones.
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Las adaptaciones de tiempos y medios para las pruebas selectivas.
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La adaptación del puesto de trabajo.
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Mejorar la adjudicación de las plazas.
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Transportes
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Se establecen medidas de reducción de tarifas y ayudas en la asistencia en diferentes transportes.
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Tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida, así como reservas de plazas de aparcamiento.
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Exención del impuesto de matriculación y de circulación de vehículos.
Otras prestaciones
A) Titulo de Familia Numerosa: en el caso de haber una persona con discapacidad en el núcleo familiar, el supuesto de familia numerosa se amplía de la siguiente manera:
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Pareja y dos hijos/as (uno de ellos con discapacidad).
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Padre y/o madre con 65% de grado de discapacidad o incapacitados para trabajar y dos hijos/as.
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Dos hermanos /as huérfanos/as del padre y madre mayores de 18 años si uno de ellos tiene una discapacidad reconocida, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos.
B) En materia de Educación:
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Medidas especificas de escolarización, de adaptación del currículo, de apoyo especializado y/o medios técnicos.
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Mayor puntuación para obtener plaza pública en escuelas infantiles y colegios tanto si el alumno como los padres son personas con discapacidad.
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Exenciones o reducciones en el pago de las tasas académicas universitarias para alumnos con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
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Servicio de atención a personas con discapacidad en las universidades (traslados, adaptación curricular, apoyos, etc.)
C) En materia de Vivienda:
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Programas anuales de promoción pública de vivienda.
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Subvenciones para la realización de obras para dotar de accesibilidad a los edificios de viviendas.
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Subvenciones para la adecuación funcional y/o mejora de la seguridad de algunos elementos de la vivienda habitual y permanente
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Promoción de viviendas sociales en alquiler y a precio tasado.
D) En materia de Salud:
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Asistencia bucodental para personas con discapacidad severa, acceso a consultas ginecológicas adaptadas y ayudas ortoprotésicas.
E) Servicios Sociales:
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Entidades Tutelares.
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Intérpretes de lengua de signos.
Programa de atención temprana
El programa de Atención Temprana se desarrolla a través de los Centros de Atención Infantil Temprana (CAITs). Para más información diríjase a la Consultora Provincial de Atención Temprana situada en la Delegación Territorial de Igualdad,Salud y Políticas Sociales de su provincia.
Ocio y tiempo libre
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Programa termalismo social.
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Programa “Conoce tu tierra”.
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Programa de turismo adaptado.
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Programa espacios naturales para todas las personas.
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Reserva de habitaciones accesibles en los alojamientos
Organizaciones sociales representantes de las personas con discapacidad
Las organizaciones sociales representativas del movimiento asociativo de personas con discapacidad se encuentran federadas a nivel autonómico en el CERMI, el Comité de Entidades Representantes de las Personas con Discapacidad, plataforma de representación, defensa y acción de la ciudadanía con discapacidad, para avanzar en el reconocimiento de sus derechos y alcanzar la plena igualdad de oportunidades.
Teléfono: 954 461 192
Correo electrónico: cermi.andalucia@fundaciononce.es
Comité de Entidades Representantes de las Personas con Discapacidad (CERMI)
Los derechos, ayudas, beneficios y prestaciones públicas se pueden consultar en la Guía de Servicios y Prestaciones para Personas con Discapacidad que edita la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.
Teléfono: 955 048 000
Correo electrónico: dgpersonascondiscapacidad.cibs@juntadeandalucia.es