Consejo de Salud de Personas Menores de Edad
El Consejo de Salud de las Personas Menores de Edad, como órgano asesor de la Consejería de Salud, tiene, entre sus funciones, realizar propuestas de mejoras que deban producirse en la atención sanitaria de los menores de edad, e informar las medidas a implantar en el Sistema Sanitario Público Andaluz en esta materia.
Entre sus objetivos está también promover espacios y mecanismos que permitan incorporar las voces infantiles al Sistema Sanitario Público Andaluz y, por ello, entre sus miembros figuran niños y niñas, como expresión de la necesidad de integrar la perspectiva de la población infantil y adolescente en el seguimiento y elaboración de propuestas sobre la atención sanitaria de menores.
El Consejo, constituido en diciembre de 2009, se configura como un espacio de participación sobre salud de la infancia, entendida ésta como la población menor de edad, y está presidido por la Secretaria General de Salud Pública y Participación, Josefa Ruiz Fernández.
Este órgano lo componen representantes de la Dirección General de Infancia y Familias de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social, la Dirección General de Asistencia Sanitaria del Servicio Andaluz de Salud, el Consejo Andaluz de Asuntos de Menores, el Observatorio de la Infancia en Andalucía, la Dirección General de Participación e Innovación de la Consejería de Educación y del Ministerio Fiscal, así como dos personas menores de edad designadas por el Consejo de la Juventud de Andalucía y dos personas menores de edad designadas por el Consejo Escolar de Andalucía.
Con la creación de este órgano se configura un espacio de encuentro e intersectorialidad entre los distintos escenarios en que se desenvuelve la vida de los niños, niñas y adolescentes y en el que, con un espíritu neto de creatividad e innovación, se lleven a cabo el seguimiento y las aportaciones que enriquezcan las intervenciones de salud infantil y de los adolescentes.
- Decreto 246/2005, de 8 de noviembre, por el que se regula el ejercicio del derecho de las personas menores de edad a recibir atención sanitaria en condiciones adaptadas a las necesidades propias de su edad y desarrollo y se crea el Consejo de Salud de las Personas Menores de Edad
- Orden de 19 de junio de 2009, por la que se nombran las personas integrantes del Consejo de Salud de las Personas Menores de Edad