Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios

Normativa

  • Decreto 158/2016, de 4 de octubre, por el que se modifica el Decreto 61/2012, de 13 de marzo, por el que se regula el procedimiento de la autorización sanitaria de funcionamiento y la comunicación previa de inicio de actividad de las empresas y establecimientos alimentarios, y se crea el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía. Descargar PDF (43 KB)
  • Aspectos relevantes de la normativa Descargar PDF (39 KB)
  • Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos Descargar PDF (212 KB)
  • Decreto 61/2012, de 13 de marzo, por el que se regula el procedimiento de la autorización sanitaria de funcionamiento y la comunicación previa de inicio de actividad de las empresas y establecimientos alimentarios y se crea el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía. Descargar PDF (803 KB)

¿Dónde tengo que registrar mi empresa o establecimiento alimentario?

Todas las empresas y establecimientos alimentarios deben estar incluidos en un registro. En el caso de los establecimientos que se encuentren en el ámbito territorial de Andalucía podrán estar incluidos en un registro nacional (RGSEAA) o bien en un registro autonómico competencia de la Consejería de Salud.

Formularios

  • Elección de formularios. Descargar PDF
  • Guía para cumplimentar el formulario Descargar PDF (92 KB)
  • Lugar para la presentación del formulario. Descargar PDF
  • Anexo I. Autorización sanitaria de funcionamiento e inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos Descargar PDF (493 KB)
  • Anexo II. Comunicación previa de inicio de actividad e inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos Descargar PDF (498 KB)
  • Anexo III. Comunicación previa de inicio de actividad e inscripción en el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía Descargar PDF (492 KB)

Todas las empresas y establecimientos alimentarios de comercio al por menor de productos alimenticios deberán presentar una comunicación previa de inicio de actividad e inscripción en el Registro Sanitario de Andalucía.

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Tasas para la inscripción de las empresas y establecimientos alimentarios de Andalucía

Los procedimientos de tramitación de los expedientes sujetos a inscripción en el Registro Sanitario de empresas y establecimientos alimentarios y la comunicación de puesta en el mercado de complementos alimenticios y alimentos para grupos específicos de población están sujetos a la Ley 10/2021 de 28 de diciembre de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tasas para la inscripción de las empresas y establecimientos alimentarios de Andalucía. Descargar pdf

Los sujetos pasivos de las tasas de la Comunidad Autónoma de Andalucía que presenten las correspondientes autoliquidaciones y realicen el pago de su importe por medios electrónicos, tendrán derecho a una bonificación del 10 % sobre la cuota a ingresar por cada autoliquidación presentada, con un límite mínimo de bonificación de 3 euros y un máximo de 70 euros, sin que pueda resultar una cuota tributaria negativa como consecuencia de dicha bonificación (Ley 18/2003 de 29 de diciembre por la que se aprueban las medidas fiscales y administrativas).

Preguntas más frecuentes

Trámites Online

Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía

Este Registro, de carácter autonómico y gestionado por los órganos competentes de los Distritos Sanitarios o Áreas de Gestión Sanitaria de forma descentralizada, se constituye como una base de datos donde se censan las empresas y establecimientos alimentarios que exclusivamente, manipulen, transformen, envasen, almacenen o sirvan alimentos para su venta o entrega in situ al consumidor final, con o sin reparto a domicilio, o a colectividades, así como cuando suministren a otros establecimientos de las mismas de estas mismas características y se trate de una actividad marginal.

Esta información, actualizada a 1 de julio de 2024, está disponible al publico mediante  en el siguiente enlace: LISTADO

Si no encuentra un establecimiento en concreto, póngase en contacto con el Distrito Sanitario / Área de Gestión Sanitaria de su ámbito territorial cuyas direcciones electrónicas están disponibles en el siguiente enlace: INFORMACIÓN POR CENTROS

Teléfono
955006300
Formulario de contacto
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