Procedimiento de reclamación
Libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía
¿Qué es?
El Libro de Sugerencias y Reclamaciones de la Junta de Andalucía, se creó como instrumento para facilitar la participación de los ciudadanos, para que cualquier persona natural o jurídica que, en sus relaciones con la Administración Autónoma, considere que ha sido objeto de desatención, tardanza o cualquier otra anomalía, consecuencia de supuesto mal funcionamiento de los Servicios, pueda denunciarlo en el correspondiente Libro de Sugerencias y Reclamaciones, donde también podrá formular cuantas sugerencias estime oportunas en orden a mejorar la eficacia de tales Servicios.
¿Dónde se encuentra?
Existen Libros de Sugerencias y Reclamaciones en los registros generales de todas las Delegaciones Territoriales y en muchos otros Centros, en formato papel. Ahora también está disponible en Internet en formato electrónico.
¿Cómo realizar una reclamación?
La persona que pretenda formalizar una denuncia o sugerencia podrá hacerlo:
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De la manera tradicional, rellenando las hojas autocopiativas del Libro en el Centro directamente afectado (si existiera) y, en todo caso, en el disponible en el registro general de la Delegación Territorial de la que dependa, o bien, con carácter general, en el de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía o en el de la Consejería de Justicia y Administración Pública.
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A través de esta página, rellenando el formulario electrónico.
¿Dónde presentar la reclamación?
Dependiendo de cómo se haya realizado la sugerencia o reclamación:
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Si la realiza en una hoja autocopiativa: En los registros existentes en todas las dependencias de la Junta de Andalucía.
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Si la realiza por Internet y dispone usted de un certificado digital: No es necesario hacer nada más, la sugerencia o reclamación es firmada y presentada electrónicamente en el registro de entrada desde esta página.
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Si la realiza por Internet pero no dispone de un certificado digital: Deberá imprimirla en papel, firmarla y presentarla en los registros existentes en todas las dependencias de la Junta de Andalucía, donde se le devolverá su copia sellada.
Tratamiento de la reclamación
Recibida la denuncia en la dependencia afectada, ésta, en el plazo de 15 días y previas las aclaraciones que estime pertinente recabar de la persona interesada, informará al órgano directivo del que dependa, quien notificará al denunciante o la denunciante las actuaciones realizadas y las medidas, en su caso, adoptadas, dando traslado del informe evacuado y de la notificación al interesado, a la Inspección General de Servicios (Inspector Territorial).
En caso de no reflejar en la correspondiente denuncia o sugerencia sus datos identificativos o su dirección completa, ésta deberá ser admitida por el órgano correspondiente, si bien quien haya denunciado debe conocer que tal déficit en la hoja de reclamación, además de dificultar la posible investigación de los hechos denunciados, imposibilitaría la obtención de la respuesta del órgano reclamado.
Si la reclamación fue presentada por Internet sin firmarla (ni electrónica ni manualmente), dependiendo de la naturaleza de la misma, usted podría ser requerido para que la firmase dándole validez.
Efectos legales
Las denuncias formuladas de acuerdo con lo previsto en el Decreto que regula este Libro de Sugerencias y Reclamaciones no tendrán, en ningún caso la calificación de recursos administrativos, ni paralizarán los plazos establecidos en la normativa vigente para interponerlos.
Las personas interesadas, con independencia de la denuncia que formulen en el Libro de Sugerencias y Reclamaciones, podrán presentar las reclamaciones y recursos previstos en las normas reguladoras del procedimiento administrativo que estimen convenientes.
Normativa aplicable
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Decreto 262/1988, de 2 de agosto. Establece el Libro de Sugerencias y Reclamaciones. BOJA 73, de 17-9-1988. Descargar PDF (60 KB)
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Orden de 2 de mayo de 1989. Instrucciones en relación con el libro de sugerencias y reclamaciones. BOJA 39, de 19-5-1989 Descargar PDF (53 KB)