Convenio para la cesión gratuita de bien inmueble y para su conservación y mantenimiento entre el SAS y el Ayuntamiento de Torreblascopedro
De conformidad con el art. 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, las prórrogas acordadas no podrán exceder de los cuatro años adicionales .
Objeto
El Ayuntamiento de Torreblascopedro cede al Servicio Andaluz de Salud los siguientes inmuebles: en Torreblascopedro, el edificio que se encuentra integrado en el recinto del Centro Cívico Municipal, sito en C/. Constitución, núm. 36-B, C.P. 23510 , y en Campillo del Rio, las dependencias existentes en !a p!anta baja del edificio situado en la Plaz;::i Virgen de la Asunción, s/n C.P. 23519, para su uso gratuito por el Servicio Andaluz de Salud como ubicación de Consultorio Local.
La cesión se realizará con la finalidad de que los bienes objeto de la misma se destinen a la prestación de servicios sanitarios por el Sistema Sanitario Público de Andalucía
Obligaciones económicas
El Servicio Andaluz de Salud se compromete a abonar al Ayuntamiento de Torreblascopedro en concepto de resarcimiento de los gastos generados por los compromisos adquiridos en la cláusula segunda b), la cantidad de 10.440,46,€ anuales a vencimiento semestral tras certificación de la Dirección del Área de Gestión Sanitaria de que se ha cumplido lo especificado en los compromisos con cargo a la partida presupuestaria G/41C/46000/23.
La cantidad establecida no será objeto de revisión.