Convenio de Colaboración entre el SAS en AGS JCNSC de Cádiz con la Asociación Coloreando Vidas
Fecha de suscripción
Partes firmantes
Directora Gerente del Área de Gestión Sanitaria JCNSC (Firma delegada de la Directora Gerente del SAS)
Presidente y Representante Legal de la Asociación Coloreando Vidas
Duración
La duración del presente Convenio está condicionada por la ejecución de las actuaciones materiales previstas en el mismo. Conforme a la previsión inicial este Convenio tendrá vigencia de un año, a contar desde la fecha de su firma, prorrogándose tácitamente por periodos iguales, salvo denuncia expresa de algunas de las partes, con un mes de antelación como mínimo, a la fecha de su vencimiento.
De conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, las prórrogas acordadas no podrán exceder los cuatro años adicionales.
De conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, las prórrogas acordadas no podrán exceder los cuatro años adicionales.
Objeto
El Convenio de Colaboración del Servicio Andaluz de Salud (AGS de Jerez, Costa Noroeste y Sierra de Cádiz) (en adelante AGS JCNSC) con la Asociación Coloreando Vidas tiene por objeto la adecuación de espacios y la dotación de recursos para habilitar una habitación en el área de hospitalización de pediatría, adaptada a pacientes pediátricos con necesidades especiales por patologías de carácter neurológico.
Obligaciones económicas
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas para el Servicio Andaluz de Salud (AGS JCNSC).
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