Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de adicciones en el ámbito de la Consejería de Salud y Familias.
Información general
La Ley 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y Asistencia en materia de Drogas, crea un marco normativo que recoge, entre otras, un conjunto de medidas destinadas a la prevención, asistencia e incorporación social en el ámbito de las drogodependencias y adicciones.
El III Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2016, establece como Áreas de actuación las de Prevención, Atención Socio-sanitaria, Incorporación Social y Gestión de Conocimiento, contemplando entre los Objetivos Generales de las mismas el evitar el consumo y/o retrasar la edad de inicio al consumo de las diversas sustancias y conductas susceptibles de convertirse en adicciones, el potenciar espacios de cooperación y coordinación que garanticen la atención a las personas en tratamiento, y el favorecer la incorporación social y laboral de las personas con problemas de drogodependencias y adicciones.
De otra parte, la Orden de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de 25 de abril de 2018, aprobó las bases reguladoras para la concesión de distintas líneas de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, entre las que se encontraban líneas referidas al ámbito de las adicciones.
Actualmente, el Servicio Andaluz de Salud de la Consejería de Salud y Familias, tiene atribuidas las competencias relativas a la actuación frente a las drogodependencias y adicciones, correspondiéndole el desarrollo y coordinación de las políticas activas en materia de prevención, asistencia, tratamiento y reinserción de las personas en situación de drogodependencias y adicciones, de conformidad con lo establecido en Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías y en el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, modificado por Decreto 457/2019, de 23 de abril.
Esta Orden se acomete con el objetivo de impulsar la acción coordinada con otras instituciones y entidades mediante el desarrollo de programas y actuaciones en materia de drogodependencias y adicciones diseñados por Entidades Locales y Entidades privadas con el fin de fortalecer la implementación de las acciones en los diversos ámbitos de actuación, atendiendo principalmente a la población más vulnerable.
La asunción de las competencias relativas al ámbito de las adicciones por el Servicio Andaluz de Salud tras aprobación del Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, hace necesaria la publicación de una Orden que contemple las bases reguladoras de las líneas subvenciones correspondiente a adicciones en el nuevo ámbito competencial.
El objetivo de la norma se centra en aprobar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de adicciones, mediante el desarrollo de las Líneas destinadas al desarrollo de Programas de prevención comunitaria “Ciudades ante las drogas” por parte de entidades locales y al desarrollo de Programas de drogodependencias y adicciones y el mantenimiento de entidades privadas dedicadas al ámbito de las adicciones.
No se contemplan soluciones alternativas.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este cuestionario, durante el plazo de 15 días hábiles, a través del siguiente buzón de correo electrónico:
consultas.previas.csafa@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.