Fecha de suscripción
Partes firmantes
Director-Gerente del Servicio Andaluz de Salud
Presidente del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos
Duración
El presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez firmado por las partes y tendrá una duración de dos años desde su firma.
Podrá prorrogarse mediante acuerdo expreso por hasta 4 años adicionales, salvo que medie denuncia expresa, realizada por una de las partes y formulada con tres meses de antelación, con respecto a la fecha de su finalización o de cualquiera de sus prórrogas.
Podrá prorrogarse mediante acuerdo expreso por hasta 4 años adicionales, salvo que medie denuncia expresa, realizada por una de las partes y formulada con tres meses de antelación, con respecto a la fecha de su finalización o de cualquiera de sus prórrogas.
Objeto
A modo de experiencia piloto, a lo largo de 2021, se posibilitará que los pacientes a los que se prescriban medicamentos de dispensación hospitalaria en alguno de los hospitales que se seleccionen, puedan retirarlos de cualquier oficina de farmacia de Andalucía. La extensión, en su caso, a otros hospitales, podrá ser acordada por la Comisión Mixta de Seguimiento, tras la valoración del resultado de la experiencia piloto.
Modificaciones
10/03/2023. Adenda de prórroga. Las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio por un plazo de cuatro años, a contar desde el día 15 de marzo de 2023, incluido.
Obligaciones económicas
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas para el Servicio Andaluz de Salud.
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