Financiación para la internacionalización

La Línea de Incentivos para el Desarrollo del Comercio Exterior y la Internacionalización de las pymes en Andalucía está destinada a proyectos empresariales con el objetivo de favorecer la internacionalización y la promoción de sus productos (bienes o servicios) en el extranjero, así como contribuir a la realización de viajes de prospección internacional para incrementar y consolidar su presencia en los mercados internacionales.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:

  • Pymes y autónomos con centro o establecimiento operativo en Andalucía
  • Asociaciones empresariales con establecimiento operativo en Andalucía, integradas mayoritariamente por pymes

Cuantías 

La cuantía de los incentivos se situará entre el 50% y el 100% de los costes subvencionables, así como el límite máximo de personas de la empresa cuyos gastos serán subvencionables en cada una de las actuaciones. En el caso de gastos de viajes de prospección internacional, se calcularán siguiendo el método de costes simplificados basado en costes unitarios y sumas a tanto alzado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.1. e) del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.

En cualquier caso, la cuantía máxima estará limitada por el importe máximo que determine cada uno de los Reglamentos de mínimis aplicables en función del tipo de sector económico en el que opere cada empresa beneficiaria.

Este programa de subvenciones de la Agencia Andalucía TRADE está cofinanciado en un 85% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Andalucía FEDER 2021-2027.

El/la beneficiario/a de los diferentes programas de incentivos concedidos por Andalucía TRADE, que sean cofinanciados a través del Programa de Andalucía FEDER 2021-2027, debe cumplir con las obligaciones en materia de visibilidad, transparencia y comunicación que se establecen en el artículo 50 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.

Gastos subvencionables

Participación individual en ferias y eventos expositivos internacionales:

  • Gastos de viaje del personal de la empresa solicitante desde España a la ciudad de celebración de la feria o el evento en el que participa.
  • Gastos de alojamiento y manutención del personal de la empresa solicitante en el lugar de celebración de la feria o el evento en el que participa.
  • Gastos de suelo, equipamiento y decoración del stand de la feria o evento internacional.
  • Servicio llave en mano proporcionado por ICEX o las Asociaciones / Federaciones de Exportadores reconocidas como entidades colaboradoras por la Secretaría de Estado de Comercio, para la participación en el pabellón de España en las ferias internacionales en que este pabellón exista.
  • Entrada o inscripción a la feria o evento internacional.
  • Paquete expositor de la feria o evento internacional incluido con la inscripción o entrada, en los casos en que este sea obligatorio.

Viajes de prospección internacional organizados por la Agencia TRADE o el Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX):

  • Gastos de viaje del personal de la empresa solicitante desde España a la ciudad(es) de celebración del viaje de prospección internacional.
  • Gastos de alojamiento y manutención del personal de la empresa solicitante en el lugar(es) de celebración del viaje de prospección internacional.

Los gastos subvencionables deberán haber sido realizados por la persona o entidad beneficiaria con anterioridad a la presentación de la solicitud y dentro del plazo de ejecución determinado en la correspondiente convocatoria. En cualquier caso, se considerarán gastos subvencionables los efectivamente pagados antes del 31/12/2029.

Instrumentos y pago

La forma de pago que se va a emplear en el marco de esta línea de incentivos, en concurrencia no competitiva, será la de un pago único. Además, el pago del incentivo se realizará una vez que se haya acreditado adecuadamente la realización del proyecto, con la justificación de los gastos y pagos y del cumplimiento de las obligaciones y de las condiciones previstas en la Orden de Bases Reguladoras de este Programa y en la resolución de concesión.

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona beneficiaria haya indicado en la solicitud, que deberá estar de alta en el Fichero Central de Personas Acreedoras. No se establece en esta línea de subvenciones la posibilidad de disponer un compromiso de pago del incentivo en una fecha determinada.

Este programa de incentivos de la Agencia Andalucía TRADE está cofinanciado en un 85% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Andalucía FEDER 2021 – 2027.

El/la beneficiario/a de los diferentes programas de incentivos concedidos por Andalucía TRADE, que sean cofinanciados a través del Programa de Andalucía FEDER 2021-2027, debe cumplir con las obligaciones en materia de visibilidad, transparencia y comunicación que se establecen en el artículo 50 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.

Bases reguladoras

Orden de 10 de julio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo del comercio exterior y la internacionalización de las PYMES en Andalucía, por parte de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).

Convocatoria

(Pendiente de convocatoria)

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