Plan de medidas antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Información general

Organismo
  • Economía, Hacienda y Fondos Europeos
Instrumentos de aprobación

Acuerdo de 27 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de medidas antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Fecha de aprobación
Descripción

Toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude». Este es el Plan de medidas antifraude de Andalucía, que cada entidad ejecutora deberá adaptar a sus circunstancias.

Objetivos concretos

Garantizar y declarar que, en el ámbito de actuación de cada entidad ejecutora, los fondos MRR correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción, los conflictos de intereses y la doble financiación.

La Junta de Andalucía como entidad ejecutora del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia (PRTR) en Andalucía, proclama una política de tolerancia cero con el fraude y la corrupción y se compromete a mantener los estándares más elevados de calidad jurídica, ética y moral, a seguir los principios de integridad, imparcialidad y honestidad, y a desplegar las medidas idóneas contra el fraude y la corrupción. Las autoridades y el personal al servicio de la Junta de Andalucía y de sus entidades instrumentales asumen también este compromiso.

Medios

Cada entidad ejecutora y en las entidades del sector público con personalidad jurídica propia a quien se asigne la realización de alguna de las acciones previstas en el PRTR, bajo la dependencia de la Secretaría General Técnica u órgano equivalente en las entidades instrumentales, consituirán una Unidad Antifraude. Le corresponde, entre otras funciones, la difusión del Plan en su ámbito, la supervisión y evaluación del funcionamiento regular y de la correcta aplicación de las medidas de prevención, detección y corrección en relación con los riesgos que afectan a la ejecución del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y el asesoramiento a los Gestores presupuestarios en la aplicación de las medidas del Plan.

El Comité Antifraude será creado mediante Decreto, en el que se establecerá su composición y se concretarán sus funciones, entre las que se encontrarán: la difusión del Plan de Medidas Antifraude entre las Entidades Ejecutoras, el seguimiento y valoración, al menos anualmente, de la aplicación de las medidas del Plan, así como la propuesta de actualización al Consejo de Gobierno.

Periodo de vigencia
Desde

Evaluación del plan

El Comité Antifraude será la unidad encargada del seguimiento, supervisión y evaluación general del Plan de Medidas Antifraude.

De forma concreta, durante su vigencia, la Unidad Antifraude prestará apoyo y asesoramiento a las personas responsables de implementación de las medidas, los gestores presupuestarios.

Asimismo, realizará una evaluación general sobre el grado de aplicación del mismo y de la efectividad de sus medidas de manera estructurada, apoyándose en la herramienta recogida en el Anexo II.B.5 “Test conflicto de interés, prevención del fraude y la corrupción” de la orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, (Anexo III) y recabando las informaciones y comunicaciones que puedan recibirse adicionalmente por parte de los gestores presupuestarios.

Por otro lado, los gestores presupuestarios tienen la obligación de realizar anualmente una autoevaluación específica del riesgo, impacto y probabilidad del riesgo de fraude en el marco de los subproyectos y actuaciones ejecutados que actúan bajo su competencia (Anexo IV), en los términos indicados en el apartado 6.1.3.

Todas las evaluaciones se realizarán con una periodicidad, al menos anual. En cualquier caso, la primera evaluación será realizada al mes de su aprobación y entrada en vigor.

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