

El objeto de este convenio es desarrollar los términos de la colaboración entre EOI y ADA para conseguir una reducción del desempleo juvenil a través de la formación, consiguiendo que las personas jóvenes accedan a puestos de más calidad y de mayor valor añadido, y dar respuesta a las necesidades de las empresas de profesionales con capacidades digitales avanzadas. Se impartirá formación enfocada al talento digital y nuevas profesiones, incluirán actuaciones de re-skilling de sectores estratégicos que están viendo como la tecnología está cambiando las habilidades necesarias de la fuerza de trabajo.
El convenio podrá ser modificado mediante acuerdo expreso y unánime de las partes, a instancia de cualquiera de ellas. Dicha modificación deberá formalizarse mediante adenda, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y surtirá efectos conforme a lo dispuesto en el artículo 48.8 de la mencionada ley.
El presupuesto de las acciones formativas será de un millón setecientos mil euros (1.700.000€), al que contribuirán ambas partes.
La financiación del Programa se realizará por EOI y ADA en los siguientes términos:
ADA se compromete de manera expresa a no hacer su aportación con cargo a fondos comunitarios.
El importe a satisfacer por ADA se hará con cargo a la siguiente partida presupuestaria:
EJERCICIO DE EFECTIVIDAD EN CAJA | PARTIDA PRESUPUESTARIA |
2024 | 0131010000G/12D/40300/00 |
La aportación que realiza la Agencia en el marco de este convenio tiene carácter de máximo.