Convenio de Cooperación Educativa entre la Universidad Rey Juan Carlos y la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
No obstante, su finalización tendrá lugar también si se diera alguna de las condiciones siguientes:
- Mutuo acuerdo de las partes por escrito.
- Renuncia de una de las partes, realizada antes de la finalización del período de Vigencia del Convenio.
- Cualquier otra causa que impidiera su continuidad
Objeto
La finalidad del presente Convenio es regular la colaboración entre la Universidad Rey Juan Carlos y la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, con objeto de una adecuada programación, desarrollo y verificación de las prácticas externas del alumnado, que contribuyan a completar la formación y desarrollar la cualificación profesional del alumnado universitario, además de para la accesibilidad de la AGENCIA a espacios y recursos educativos de la URJC.
La realización de estas prácticas está sujeta, en lo que le sea de aplicación, a lo establecido en la normativa de prácticas externas de la URJC, y a las normas que en el futuro puedan modificarla o sustituirla y/o a lo previsto en el plan de estudios de la titulación de que se trate.
La realización de las prácticas académicas externas recogidas en este Convenio tiene los siguientes objetivos:
a) Contribuir a la formación integral de los estudiantes complementando su aprendizaje teórico y práctico.
b) Facilitar el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad profesional en que los estudiantes habrán de operar, contrastando y aplicando los conocimientos adquiridos.
c) Favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas.
d) Obtener una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de trabajo y mejora la empleabilidad futura. e) Favorecer los valores de la innovación, la creatividad y el emprendimiento.
Obligaciones económicas
La AGENCIA no está obligada a realizar ninguna aportación económica en concepto de remuneración, bolsa o ayuda al estudio o de gastos de gestión. Los gastos de gestión de las prácticas, si los hay en cualquiera de sus modalidades, correrán a cargo de la URJC. El desarrollo del presente Convenio no supondrá coste alguno para la AGENCIA.