Convenio de Colaboración entre la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, beneficiaria de la operación "SmartFood" ("SMARTFOOD") y la Mancomunidad de Municipios de la Bahía de Cádiz.
Fecha de suscripción
Documento
Partes firmantes
El Presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Bahía de Cádiz.
El Director Gerente de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
Duración
El presente convenio queda perfeccionado desde la fecha del último de los signatarios, entrando en vigor dicho día y tendrá una duración de 6 años, con posibilidad de una prórroga de hasta seis años de duración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.1.b) del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Este plazo se establece de conformidad con la excepcionalidad dispuesta en el artículo 38.1.b) del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por la necesidad de que el convenio esté vigente para poder someterse a las actuaciones de comprobación, verificación y control derivadas de la normativa autonómica, nacional y comunitaria y, en particular, para poder verificar el adecuado destino de los fondos FEADER durante el periodo de compromiso del proyecto.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente la prórroga por otros seis años adicionales o su extinción.
Este plazo se establece de conformidad con la excepcionalidad dispuesta en el artículo 38.1.b) del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por la necesidad de que el convenio esté vigente para poder someterse a las actuaciones de comprobación, verificación y control derivadas de la normativa autonómica, nacional y comunitaria y, en particular, para poder verificar el adecuado destino de los fondos FEADER durante el periodo de compromiso del proyecto.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente la prórroga por otros seis años adicionales o su extinción.
Objeto
El objeto del presente convenio es definir las condiciones generales de colaboración entre AGAPA y la MMBC, para el desarrollo del proyecto SMARTFOOD, así como a los derechos y obligaciones que ambas partes se reconocen en el ámbito de dicha aplicación.
Modificaciones
Las partes podrán modificar, en cualquier momento, el presente Convenio de forma expresa y por acuerdo unánime de las mismas. Tal modificación deberá realizarse mediante adenda al mismo y tramitarse conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Obligaciones económicas
La AGAPA asume las siguientes obligaciones:
- Adquisición y suministro de los sensores flotantes a instalar en las playas incluidas en este convenio con cargo al presupuesto del proyecto SMARTFOOD, cofinanciado con FEDER y desarrollo de las actividades de seguimiento, para lo cual, se compromete a poner los medios materiales y humanos necesarios.
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