Acuerdo de Colaboración Formativa entre el Centro Docente I.E.S. Moraima y la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía para la realización del Módulo Profesional de Formación en Centros de Trabajo.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
La Directora del Centro Docente I.E.S. Moraima
El Director Gerente de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
Duración
Este Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente al de su firma y tendrá vigencia durante el curso académico 2023/2024, no estando prevista prórroga del mismo.

Objeto

El objeto de este Acuerdo es articular la colaboración necesaria entre el Centro Docente I.E.S. Moraima y la empresa, agrupación o asociación de empresas, institución u organismo público o privado Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía para el desarrollo del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo del Ciclo Formativo/Curso de especialización 2º F.P.I.G.S. (Administración y Finanzas) en el curso escolar 2023/2024.

Modificaciones

De conformidad con lo que establece el art. 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la modificación del presente Acuerdo requerirá acuerdo unánime de los firmantes.

Obligaciones económicas

Este Acuerdo no implica la transferencia de recursos económicos entre las partes.

La colaboración tendrá la consideración de programas de formación o realización de prácticas no laborales y académicas, de carácter no remunerado, y no da lugar a la necesidad de alta y cotización a la Seguridad Social de las personas que participen en dichos programas o prácticas.

No obstante, la empresa, agrupación o asociación de empresas, institución u organismo público o privado podrá becar al alumnado. El alumnado que sea compensado con una beca estará incluido en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.

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