Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Cartaya y la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, para la realización conjunta de actividades de promoción y sensibilización de contenidos relacionadas con el ámbito pesquero.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
El Director Gerente de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cartaya.
Duración
El convenio quedará perfeccionado desde la fecha de la firma del último de los signatarios, entrando en vigor dicho día y tendrá una duración de un año, con posibilidad de una prórroga de otro año, siempre de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en cualquier otra normativa que resultara de aplicación en el momento de efectuarse dicha prórroga.

Objeto

Constituye el objeto del presente convenio de colaboración, el establecimiento de un marco de colaboración entre el Ayuntamiento de Cartaya y la Agencia para la realización conjunta de actividades en el Faro de El Rompido, del término municipal de Cartaya (Huelva), enmarcadas en el “Proyecto de ordenación de los faros de El Rompido y su entorno”, relacionadas con la promoción y sensibilización de contenidos del ámbito pesquero, y la puesta en valor del patrimonio pesquero y de la acuicultura, que redundará a nivel cultural y turístico en la ciudadanía, dado que le permitirá adquirir un mayor conocimiento del patrimonio pesquero y acuícola de la zona.

Modificaciones

Las partes podrán modificar, en cualquier momento, el presente Convenio de forma expresa y por acuerdo unánime de las mismas. Tal modificación deberá realizarse mediante adenda al mismo y tramitarse conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Obligaciones económicas

La firma del presente convenio no supondrá el reconocimiento de ninguna contrapartida económica a favor de las entidades firmantes. Las actuaciones derivadas del mismo serán sufragadas dentro de los gastos ordinarios de actividad de cada una de las partes.

Sin perjuicio de lo anterior, cada una de las entidades firmantes financiará con cargo a su correspondiente consignación presupuestaria el coste económico, en su caso, de las actuaciones que deban desarrollar conforme a las estipulaciones del este convenio.

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