Contrato Plurianual de Gestión de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía 2021-2024.
Información general
- Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía
La Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía, autoriza en su artículo 11.1 la creación de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (en adelante, la Agencia) como agencia de régimen especial de las previstas en el artículo 54.2.c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Son fines generales de la Agencia, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del citado artículo 11, la ejecución de las políticas orientadas a alcanzar los objetivos básicos previstos en el artículo 10.3.13.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía, que le sea asignada por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible a la cual se encuentra adscrita, así como la gestión de programas y acciones de fomento; de vigilancia e inspección; de prestación y gestión de servicios públicos; y de asistencia técnica, en materias agraria y pesquera.
La Agencia quedó efectivamente constituida el 30 de abril del 2011, tras la publicación y aprobación del Decreto 99/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban sus Estatutos, desarrollando sus fines en el marco de los planes y programas que determine la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, la cual fijará los objetivos y directrices de actuación de aquélla, efectuará el seguimiento de su actividad y ejercerá, sin perjuicio de otras competencias que el ordenamiento jurídico le atribuya, el control de eficacia y financiero, de acuerdo con la normativa vigente. En este contexto, el contrato plurianual de gestión de la Agencia, cuya aprobación está prevista en el artículo 72 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se configura como un instrumento clave del nuevo modelo de gestión transparente y por resultados pretendido, conteniendo los compromisos que la Agencia asume en relación con los objetivos a conseguir, los planes para lograrlos, los indicadores que permiten su evaluación y los recursos humanos, materiales y presupuestarios previstos para ello. La plasmación ejecutiva del contrato plurianual de gestión se realizará a través de los planes de acción anual regulados en los Estatutos de la Agencia y, en su caso, por los planes de ajuste que anualmente se recojan en la ley del presupuesto de cada ejercicio.
Evaluación del plan
El artículo 19.3.a del Decreto 99/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, establece que entre las funciones de la Comisión de Control “a) Elaborar, con la periodicidad que la misma decida, y al menos una vez al semestre, informes sobre el desarrollo y ejecución del contrato de gestión, que se remitirán al Consejo Rector y, por conducto de la persona titular de la Presidencia de éste, a la persona titular de la Consejería a la que está adscrita la Agencia.”