Ayudas PAC desde 2014

El Tratado de Lisboa ha transformado el Marco Financiero Plurianual de un acuerdo interinstitucional en un acto jurídicamente vinculante. En el artículo 312 del TFUE determina que el MFP «se establecerá para un período mínimo de cinco años» y «tendrá por objeto garantizar la evolución ordenada de los gastos de la Unión dentro del límite de sus recursos propios», y que «el presupuesto anual de la Unión respetará el Marco Financiero Plurianual»,con lo que se crean las bases de la disciplina financiera. Además de fijar «los importes de los límites máximos anuales de créditos para compromisos, por categoría de gastos, y del límite máximo anual de créditos para pagos», el TFUE prevé que el MFP «establecerá cualesquiera otras disposiciones adecuadas para el buen desarrollo del procedimiento presupuestario anual».

El Reglamento sobre el MFP está acompañado de un nuevo Acuerdo Interinstitucional (AI) que abarca los ámbitos de la disciplina presupuestaria, la cooperación en materia presupuestaria y la buena gestión financiera.

El 27 de junio de 2013, los presidentes del Parlamento, del Consejo y de la Comisión alcanzaron un acuerdo político sobre un Reglamento relativo al MFP para 2014-2020 y un nuevo AI, a los que el Parlamento dio su respaldo oficial en el período parcial de sesiones de diciembre de 2013.

En su propuesta modificada de 6 de julio de 2012, la Comisión propuso que, para el período2014-2020, el límite máximo para los créditos de compromiso se incrementará a 1.033 billones de euros (1,08 % de la RNB de la UE) y para los créditos de pago, a 988.000 millones deeuros (1,03 % de la RNB de la UE). Ante el clima económico actual, los presidentes de la Comisión, del Parlamento y del Consejo alcanzaron un acuerdo político el 27 de junio de 2013 sobre un paquete del MFP que reducía los límites globales para los créditos de compromiso a 960.000 millones de euros (1,00 % de la RNB de la UE) y a 908.000 millones de euros para los créditos de pago (0,95 % de la RNB de la UE).

En su Resolución de 3 de julio de 2013 sobre el acuerdo político sobre el Marco Financiero Plurianual 2014-2020, el Parlamento recordó que la adopción del Reglamento sobre el MFP y del nuevo AI estaba vinculada a la adopción de los presupuestos rectificativos necesarios para proporcionar créditos de pago adicionales para el ejercicio 2013, a un acuerdo político sobre los fundamentos jurídicos de programas plurianuales importantes y al establecimiento de un grupo de alto nivel sobre recursos propios.

Cuando se cumplieron estas condiciones, el Parlamento dio su aprobación al proyecto de Reglamento el 19 de noviembre de 2013, y el Consejo adoptó el Reglamento sobre el MFP el 2 de diciembre de 2013.

Reglamento (UE, EURATOM) nº 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020.

Reglamento de ejecución  (UE) nº 215/2014 de la Comisión, de 7 de marzo de 2014, por el que se establecen las modalidades de aplicación del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, en lo relativo a las metodologías de apoyo a la lucha contra el cambio climático, la determinación de los hitos y las metas en el marco de rendimiento y la nomenclatura de las categorías de intervención para los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos

Los contenidos de esta sección comprenden la normativa básica de la Política Agrícola Común (PAC) de la Unión Europea, agrupados en los siguientes apartados:

  • Organización Común de Mercados. OCM Única
  • Pagos directos
  • Financiación de la PAC            
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