Ordenación forestal
La Ley 2/92 Forestal de Andalucía establece que los usos y aprovechamientos de los recursos naturales renovables de los montes deben realizarse de forma que quede garantizada la persistencia y la capacidad de renovación de los mismos, llevándose a cabo preferentemente mediante Proyectos de ordenación de montes o Planes técnicos, Instrumentos de Ordenación Forestal (en adelante IOF).
La Agencia dispone de personal técnico con amplia experiencia en esta materia (titulados en Ingeniería de montes/Ingeniería técnica forestal) distribuido en determinadas provincias de Andalucía (Cádiz, Córdoba, Jaén, Huelva y Sevilla) y coordinado de forma regional, que da apoyo a la Consejería competente en materia forestal, de acuerdo con los principios marcados por el Plan Forestal Andaluz y la mencionada Ley 2/92, para la ordenación de los terrenos forestales que gestiona. Esta elaboración de IOF se puede realizar directamente desde la propia Agencia o bien mediante el apoyo a las direcciones facultativas en Servicios específicos licitados por la Consejería para su ejecución por terceros. De una forma u otra, esta tarea de planificación requiere realizar trabajos previos de inventario forestal de los montes cuya ordenación se vaya a acometer.
También es destacable el apoyo a la Consejería en la tramitación de IOF de montes de propiedad privada o gestionados o por otras administraciones. Esta actividad cada vez tiene más peso y carga de trabajo en la Agencia, dados los efectos y consecuencias que derivan de la resolución de aprobación de un IOF (autorización de las actuaciones incluidas en la planificación) así como su necesidad para acceder a líneas específicas de ayudas o subvenciones.
Por último, desde la Agencia se realizan trabajos complementarios en esta materia entre los que se pueden citar el mantenimiento y actualización de la información específica necesaria para dar respuesta a las diferentes consultas estadísticas temáticas requeridas, difusión y acceso a los IOF aprobados o el apoyo técnico para la revisión de normativa y para la definición de protocolos y herramientas para procesos relacionados con la ordenación de montes en Andalucía.
Una fase destacable en el proceso de elaboración de IOF y que demanda buena parte de los recursos humanos y materiales necesarios para su consecución, es la de inventario forestal de su ámbito territorial. En los últimos años ha tenido lugar un cambio en el planteamiento metodológico, ligado principalmente a la disponibilidad de información de gran utilidad a la hora de generar resultados de inventario forestal, como es la información aportada por la nube de puntos LiDAR (Light Detection and Ranging o Laser Imaging Detection and Ranging) procedente del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (PNOA). Los trabajos de inventario forestal se lleven a cabo aplicando técnicas que permiten obtener resultados para las variables dasométricas de interés en todo el ámbito de estudio, como alternativa a los métodos clásicos mediante técnicas estadísticas de muestreo sistemático.
Por otro lado, el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicó la Orden de 13 de mayo de 2022, por la que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de Montes de la Comunidad Autónoma de Andalucía (IGOMCAA), que sustituyen a la anterior Orden de 2004. El equipo humano de la Agencia ha participado activamente en la elaboración de este nuevo contenido normativo, que entre otras novedades, amplia la tipología de IOF incorporando nuevas figuras de planificación más sencillas y de contenido normalizado, con el ánimo de reducir costes y agilizar plazos para la elaboración y tramitación, garantizando que no se desvanezca el gran esfuerzo económico y técnico que se lleva haciendo durante tantos años desde la Administración forestal para fomentar la ordenación de las masas forestales en los montes andaluces.
955 26 00 00. Horario de atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.