Servicios de transporte público para personas viajeras por carretera. Interurbano
- Transporte Público Regular de Personas Viajeras: Son transportes públicos regulares de personas viajeras de uso general los que se llevan a cabo de forma continuada para atender necesidades de carácter estable, y van dirigidos a satisfacer una demanda general, siendo utilizables por cualquier persona interesada.
- Servicios Regulares: Son aquellos que aseguran el transporte de personas con una frecuencia y un itinerario determinados. Estos servicios pueden recoger y dejar personas viajeras en paradas previamente fijadas.
- Servicios Regulares Especializados: Son servicios que aseguran el transporte de determinadascategorías de personas viajeras con exclusión de otros. Los servicios regulares especializados incluirán, principalmente, el transporte entre el domicilio y el trabajo de las personas trabajadoras; el transporte entre el domicilio y el centro de enseñanza de escolares y estudiantes.
- Transporte a la Demanda: Son servicios en zonas de débil tráfico prestado con vehículos turismo de transporte discrecional.
Información Pública
Acceso a documentos de la Dirección General de Movilidad que pueden ser consultados por la ciudadanía, con el fin de facilitar la participación en la tramitación.
Regulación legal:
- Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
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