[LARPSICO] Casi 8 de cada 10 juicios por acoso moral laboral se desestiman por los Tribunales, según un estudio del Observatorio vasco
Un Estudio constata que, del total de demandas en las que se denuncia acoso laboral , sumando la jurisdicciones social y contenciosa, se desestiman un total del 78,51%, o, lo que es lo mismo, sólo son estimadas en un 21,49%.
España es uno de los países de la Unión Europea en los que más demandas por acoso laboral se plantean. Sin embargo, el alto porcentaje de demandas presentadas no equivale a un paralelo elevado porcentaje de éxito de las mismas, más bien sucede lo contrario. Al menos, así se desprende del Estudio recientemente publicado por el Observatorio vasco sobre acoso y discriminación intitulado:
“LA PROTECCIÓN JUDICIAL EN MATERIA DE ACOSO EN EL TRABAJO EN EL HORIZONTE DEL CONVENIO 190 OIT. ESTUDIO (CUANTITATIVO Y CUALITATIVO) DE LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS”
Aunque el Estudio, pionero en su dimensión cuantitativa, ofrece datos de mucho interés, aquí reseñaremos dos. El primero tiene que ver con el bajísimo porcentaje de demandas por acoso que logran acreditar que se ha producido el acoso en el trabajo denunciado, sea en el ámbito privado sea en el público: poco más de 2 de cada 10 demandas por acoso son estimadas. El Estudio avanza diversas razones por las cuáles se produce esta situación de “fracaso judicial”
No es más favorable la situación en el ámbito penal, como también muestra el referido Estudio. En esta Gráfica, extraída de él, se refleja un altísimo porcentaje de archivo de estas demandas por acoso laboral en la vía penal. Prácticamente 7 de cada 10 demandas por acoso en vía penal se archivan y 2 de cada 10 terminan con la absolución de las personas acusadas. Por lo tanto, en la práctica, poco más de 1 de cada 10 demandas por lo penal termina con condena a las personas acusadas de acoso en el trabajo.
Un segundo dato llama igualmente la atención, y marca una senda diferente respecto de la anterior, evidenciando una posición más “sensible” de los Tribunales hacia la cultura preventiva de riesgos psicosociales en los entornos de trabajo. En la práctica, en torno al 50 por cien (1 de cada 2) de las demandas que se presentan por incumplimiento de las normas de prevención de riesgos psicosociales terminan con un fallo condenatorio, tanto respecto de las empresas como en relación a las AAPP (en especial las corporaciones locales)
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