Convenio entre el SAS y la Asociación Todo Por Una Sonrisa para el desarrollo del programa alojamiento a familiares
Fecha de suscripción
Partes firmantes
Director Gerente del Hospital Universitario Puerta del Mar
Presidenta Asociación Todo por una Sonrisa
Duración
El presente convenio tendrá vigencia de un año, a contar desde la fecha de su firma, prorrogándose tácitamente por períodos iguales, salvo denuncia expresa de alguna de las partes, con un mes de antelación como mínimo, a la fecha de su vencimiento.
De conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, las prórrogas acordadas no podrán exceder los cuatro años adicionales.
De conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, las prórrogas acordadas no podrán exceder los cuatro años adicionales.
Objeto
El Convenio de colaboración del Hospital Universitario Puerta del Mar con la entidad Asociación Todo por una Sonrisa tiene por objeto el desarrollo del programa Alojamiento a Familiares de Pacientes Hospitalizados en Áreas Especiales.
Obligaciones económicas
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas para el Hospital Universitario Puerta del Mar.
La Asociación Todo por una Sonrisa facilitará los recursos necesarios para la ejecución del programa objeto de este convenio.
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