Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
Exclusión. Ofertas anormales o desproporcionadas. Falta de motivación de la exclusión. Doctrina. No se ha producido indefensión material. Doctrina sobre la discrecionalidad técnica en la apreciación de la viabilidad de las ofertas presuntamente incursas en valores anormales. Subsanación en vía de recurso. Doctrina. No se aprecia arbitrariedad o error. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 90/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación. Confidencialidad de la oferta. Justificación baja anormal. Acceso a la vista denegado por el carácter instrumental del derecho de acceso: se solicita para buscar defectos que no son puestos en evidencia. Reciprocidad, actos propios, el propio recurrente había declarado confidencial en su propia oferta, extremos sobre los que pretende ahora acceder. Fondo del asunto, ejecución de una resolución anterior la 648/2024, en la que el Tribunal determinó que parte de la propuesta técnica incumplía normas y reglas establecidas en el PCAP sobre tamaño de letra y número de folios y páginas. Planos y gráficos accesorios a la oferta. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 110/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación. Órgano propio. Incompetencia. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 101/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: InadmisiónPliegos. No se acompaña el escrito de interposición del recurso con la solicitud de presentación electrónica. No subsanación del recurrente en el plazo de tres días hábiles previsto en el artículo 51.2 de la LCSP. Se le tiene por desistido. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 103/2025Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: InadmisiónActo de trámite cualificado. Se recurre una supuesta indebida admisión. Acuerdo de la mesa por el que se propone la adjudicación del lote 1 del contrato. Error aritmético en la oferta: deducible de acuerdo con la forma de realizar la oferta según el PCAP. Desestimación
Fecha:Número de recurso: Recurso 104/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónPliegos. Prescripciones técnicas restrictivas de la concurrencia. Falta de justificación en el expediente. Esta justificación no es un mero requisito formal, sino una exigencia legal (artículos 28, 116.4 e) y 126.1 de la LCSP) dirigida a evitar obstáculos innecesarios a la libre concurrencia y a que todos los posibles interesados en concurrir a una licitación, conozcan las razones que asisten al órgano de contratación a la hora de configurar la prestación. Una cosa es la discrecionalidad en la configuración de la prestación y otra que no se justifiquen adecuadamente los términos de la prestación si estos limitan la concurrencia. Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 11 de mayo de 2023 (Comisión/Sopra Steria Benelux y Unisys Belgium, Asunto C-101/22 P). Estimación parcial
Fecha:Número de recurso: Recurso 79/2025Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Estimación ParcialPliegos. Inadmisión. Declaración del procedimiento concluso
Fecha:Número de recurso: Recurso 98/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: InadmisiónAdjudicación. La recurrente combate materialmente su exclusión por no acreditar la solvencia económica y financiera. Oscuridad en los pliegos. No se aprecia, la recurrente en su escrito de alegaciones ante la mesa de contratación es perfecta conocedora de la forma en la que se acredita la solvencia. Principio venire contra factum proprium non valet. Ratio de solvencia. Aplicación de la forma establecida en los pliegos. El pliego es la ley entre las partes. Doctrina EUIPO. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 78/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación:materialmente la exclusión. Notificación del requerimiento previo a la adjudicación, art. 150.2 LCSP.El recurrente señala dos correos electrónicos a efectos de comunicaciones. SiREC y DEUC. Cláusula 9.2 del PCAP, establece que la concordancia es responsabilidad del licitador, quien debe sufrir las consecuencias de no atender los requerimientos que a esa dirección de correo se realicen. Multa. Desestimación
Fecha:Número de recurso: Recurso 97/2025Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación. La recurrente acciona contra la decisión de la mesa de contratación de no otorgarle la puntuación correspondiente en la valoración del criterio de adjudicación relativo a la eficiencia energética y sostenibilidad ambiental por no aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de una de las certificaciones que, de manera independiente se exigen. Doctrina del Tribunal sobre el carácter de ley de los contratos de los pliegos. El debate no versa sobre la viabilidad de considerar equivalentes ambas certificaciones sino sobre la posibilidad de subsumir la disponibilidad de una de las certificaciones en otra. La pretensión no puede ser acogida porque los pliegos fueron consentidos y han devenido firmes, y preveían dos certificaciones diferenciadas, por lo que la atribución de puntuación a la recurrente sin acredita la certificación exigida, supondría una actuación contraria al principio de igualdad de trato. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 99/2025Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
Paginación
- ‹ Anterior
- 1
- ...
- 2
- 3
- 4
- ...
- 563
- …
- Siguiente ›