Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales

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6531 recursos disponibles
  • Contrato de servicios. El recurso especial se dirigía contra los pliegos y los actos de aplicación de un contrato de servicios promovido por el Ayuntamiento de Écija cuyo valor estimado era de 28.925,62 euros, inferior al umbral legal de 100.000 euros exigido por el artículo 44.1.a) LCSP para su impugnación mediante recurso especial. En consecuencia, el Tribunal declaró que el contrato no era susceptible de recurso especial por razón de su cuantía, sin entrar en el fondo, acordando la remisión del escrito al órgano de contratación para su tramitación por las vías ordinarias. Inadmisión.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 201/2026
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Anuncio y/o Pliegos
    Tipo de resolución: Estimación
  • Contrato de servicios. El recurso especial se dirigía contra los pliegos y los actos de aplicación de un contrato de servicios promovido por el Ayuntamiento de Écija cuyo valor estimado era de 28.925,62 euros, inferior al umbral legal de 100.000 euros exigido por el artículo 44.1.a) LCSP para su impugnación mediante recurso especial. En consecuencia, el Tribunal declaró que el contrato no era susceptible de recurso especial por razón de su cuantía, sin entrar en el fondo, acordando la remisión del escrito al órgano de contratación para su tramitación por las vías ordinarias. Inadmisión.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 212/2026
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Anuncio y/o Pliegos
    Tipo de resolución: Inadmisión
  • Contrato de servicios. El recurso especial se dirigía contra el acuerdo de exclusión de una UTE en un contrato de servicios de asesoramiento jurídico cuyo valor estimado era de 40.000 euros, inferior al umbral legal de 100.000 euros exigido por el artículo 44.1.a) LCSP para la procedencia del recurso especial en contratos de servicios. En consecuencia, el Tribunal concluyó que el contrato no era susceptible de recurso especial por razón de su cuantía, sin entrar en el fondo del asunto, y acordó la remisión del escrito al órgano de contratación para su eventual tramitación por las vías ordinarias. Inadmisión.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 208/2026
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Actos de trámites cualificados
    Tipo de resolución: Inadmisión
  • Desistimiento / renuncia. Contrato de servicios. Se declaró que la resolución del Rector de la Universidad de Granada, pese a denominarse “desistimiento”, debía calificarse materialmente como renuncia por razones de interés público conforme al artículo 152.3 LCSP, al no apreciarse infracción procedimental no subsanable, considerándose suficiente la motivación basada en la adopción de una solución alternativa más sostenible y eficiente, y manteniéndose la limitación de la compensación a la cuantía fijada en los pliegos (150 €), sin perjuicio de una eventual reclamación por responsabilidad patrimonial. Estimación parcial.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 206/2026
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Actos de trámites cualificados
    Tipo de resolución: Estimación Parcial
  • Desistimiento / renuncia. Contrato de servicios. Se declaró que la resolución del Rector de la Universidad de Granada, pese a denominarse formalmente “desistimiento”, debía calificarse materialmente como renuncia por razones de interés público conforme al artículo 152.3 LCSP, al no apreciarse infracción procedimental no subsanable. Se consideró suficiente la motivación basada en la adopción de una solución alternativa más sostenible y eficiente y se rechazó reconocer una compensación superior a la prevista en el pliego (150 €), por no haber sido impugnada dicha cláusula en plazo, quedando a salvo la eventual reclamación por responsabilidad patrimonial. Estimación parcial.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 199/2026
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Actos de trámites cualificados
    Tipo de resolución: Estimación Parcial
  • Desistimiento / renuncia. Contrato de servicios. Se concluyó que la decisión del Rector de la Universidad de Granada, aunque formalmente denominada “desistimiento”, debía calificarse materialmente como renuncia por razones de interés público conforme al artículo 152.3 LCSP, al no apreciarse infracción procedimental no subsanable. Se confirmó la validez de la decisión por existir motivación suficiente basada en una solución alternativa más sostenible y eficiente, pero se limitó la compensación a la cuantía máxima fijada en los pliegos (150 €), sin perjuicio de una eventual reclamación por responsabilidad patrimonial. Estimación parcial.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 190/2026
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Actos de trámites cualificados
    Tipo de resolución: Desistimiento
  • Pliegos. Contrato de suministro. Competencia del TARCJA en relación con los Tribunales provinciales: doctrina del juez predeterminado con carácter previo a la licitación. Competencia subsidiaria del TARCJA. Obligatoriedad de utilización de medios electrónicos: excepciones. Justificación de la elección de los concretos criterios de adjudicación y no de otros. Falta de entrega del expediente administrativo y del resto de documentación preceptiva por parte del órgano de contratación: consecuencias. Estimación.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 128/2026
    Tipo de contrato: Suministro
    Acto recurrido: Anuncio y/o Pliegos
    Tipo de resolución: Estimación
  • Concesión de servicios. El recurso especial se dirigía contra el procedimiento de adjudicación de una concesión de servicios de cafetería‑comedor cuyo valor estimado era inferior al umbral legal de tres millones de euros exigido para las concesiones de servicios a efectos del recurso especial, apreciándose que el contrato no era susceptible de dicha vía de impugnación por razón de su cuantía, sin entrar en el análisis del fondo, con remisión al órgano competente para su tramitación por las vías ordinarias. Inadmisión.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 194/2026
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Adjudicación
    Tipo de resolución: Inadmisión
  • Adjudicación. La recurrente impugna la exclusión de su oferta del lote 2 por carecer del certificado "IDVR" que considera no estaba exigido de manera expresa en los pliegos, siendo inadmisible la introducción ex post de requisitos no exigidos en aquellos. Vulneración de los principios de igualdad de trato y no discriminación. La controversia no se circunscribe a la exigencia de una certificación concreta, sino a la aptitud objetiva del equipamiento ofertado para el uso clínico asistencial. El Tribunal conviene con el órgano de contratación y con la adjudicataria que los pliegos configuraban un requisito de admisión explicito y estructural en la medida que solo los productos aptos desde el punto de vista regulatorio pueden ser considerados ofertas válidas. La verificación del cumplimiento del Reglamento UE 2017/746 no supone la introducción de un requisito ex novo sino la comprobación de la conformidad del producto ofertado con la normativa de directa aplicación, siendo la exclusión conforme a derecho, por carecer del cumplimiento de los requisitos técnicos. Doctrina del Tribunal sobre la cuestión. Sobre la posibilidad de solicitar aclaraciones a la oferta de la recurrente conforme a la doctrina del Tribunal: no procede. Desestimación.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 198/2026
    Tipo de contrato: Suministro
    Acto recurrido: Adjudicación
    Tipo de resolución: Desestimación
  • Adjudicación. Materialmente se impugna la admisión de la proposición de la entidad adjudicataria tras la ejecución de la Resolución 625/2025 de este órgano que estimo parcialmente el recurso interpuesto por la entidad finalmente adjudicaría, que inicialmente fue excluida al no justificar la viabilidad de su proposición incursa en valores anormales. Doctrina sobre la discrecionalidad técnica. La recurrente no cuestiona la viabilidad de la proposición de la adjudicataria globalmente considerada. La recurrente plantea nuevos motivos por los que aprecia la inviabilidad de su proposición que no fueron puestos de manifiesto en su consideración de interesada en el anterior procedimiento de recurso. Uno de los motivos de recurso se considera un incidente de ejecución de la resolución anteriormente mencionada. Desestimación.

    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 184/2026
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Adjudicación
    Tipo de resolución: Desestimación
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