Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Jaén
Información general
Biografía
Nacido en Mataró en 1971, hasta su nombramiento ha sido miembro del Consejo Social de la Universidad de Jaén, y de la Comisión Permanente Económica y Financiera del Consejo Social, miembro del Consejo Provincial de Medio Ambiente y de la Biodiversidad de la provincia de Jaén, miembro del Plan General de Turismo Sostenible de Andalucía META 2027 de la Junta de Andalucía, miembro del Pleno del Consejo Provincial de Turismo de Jaén y vocal de la Asamblea General de la Confederación de Empresarios de Andalucía, entre otros cargos. Cuenta con una amplia trayectoria de más de veinte años, con experiencia en gestión empresarial, política e institucional, especialmente en áreas como Medio Ambiente, Turismo y Deporte. Así, ha sido fundador de la Federación Andaluza de Hoteles y Alojamientos Turísticos de Andalucía (FAHAT) y presidente de TurJaén.
Funciones
Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía ostentan las siguientes funciones y competencias en el ámbito de su provincia:
- La representación ordinaria de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos en la Delegación Territorial y, en su caso, de las agencias adscritas o dependientes de las Consejerías. En el caso de que en una Consejería existan dos Delegaciones Territoriales, las personas titulares de las mismas ostentarán la representación ordinaria de la Consejería en relación con las materias que se le hayan asignado.
- Dirigir, bajo la dependencia funcional de los correspondientes órganos directivos, las unidades administrativas pertenecientes a la Delegación.
- Ejercer la jefatura de todo el personal de la Delegación y las competencias de administración y gestión ordinarias del mismo que expresamente se le deleguen.
- Constituir el cauce ordinario de relación con los servicios centrales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos a la Delegación Territorial y, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, con los órganos periféricos de la Administración General del Estado y las entidades locales de Andalucía en materias de su competencia. En el caso de que en una Consejería existan dos Delegaciones Territoriales, las personas titulares de las mismas ejercerán esta función en relación con las materias que se le hayan asignado.
- Trasladar órdenes e instrucciones en las materias que sean de su competencia a las personas titulares de las Secretarías Generales Provinciales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentren adscritos a la Delegación Territorial, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 21.3 de este Decreto.
- El ejercicio de potestades administrativas con respecto a aquellas competencias que tengan atribuidas y, en su caso, respecto a aquellas de los servicios periféricos que tengan adscritos.
- Cuantas otras funciones les sean atribuidas, desconcentradas o delegadas.