Comisión Interdepartamental de Acción Exterior
Información general

Funciones
Le corresponde a la Comisión Interdepartamental de Acción Exterior:
a) Establecer los criterios generales de actuación y las líneas estratégicas básicas que guiarán la actividad de la Junta de Andalucía en materia de acción exterior para conseguir una adecuada integración de la Comunidad Autónoma en el contexto europeo, mediterráneo e internacional.
b) Identificar los aspectos que requieran la coordinación de la acción exterior, coordinar todas las actuaciones que en esta materia realizan las distintas Consejerías en el ámbito de sus respectivas competencias, así como las entidades
vinculadas o dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía y proponer a los órganos competentes las medidas necesarias para una eficaz acción común.
c) Promover las medidas necesarias para que quien ostente la potestad normativa adapte la legislación autonómica a la de la Unión Europea e informar de las repercusiones de ésta.
d) Elaborar y elevar propuestas a las Consejerías, así como a las entidades vinculadas o dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía, para favorecer su participación en los programas y acciones que impliquen proyección exterior.
e) Elaborar propuestas relacionadas con la acción exterior de la Junta de Andalucía para su elevación a las distintas Administraciones Públicas.
f) Coordinar y asegurar la participación activa de la Junta de Andalucía en las instituciones y órganos europeos y en
aquellos foros y organizaciones internacionales que, se consideren convenientes para la defensa de los intereses de nuestra Comunidad Autónoma.
g) Aquellas otras funciones que le sean asignadas en materia de acción exterior.
Composición:
1. La Comisión Interdepartamental de Acción Exterior estará integrada por los siguientes miembros:
a) La Presidencia, que será ejercida por la persona titular de la Consejería competente en materia de acción exterior.
b) La Vicepresidencia, que será ejercida por la persona titular de la Secretaría General competente en materia de acción exterior.
c) Las siguientes Vocalías:
1.º Una persona representante de cada una de las Consejerías de la Junta de Andalucía, con nivel orgánico al menos de Director General, designada por la persona titular de la respectiva Consejería.
2.º La persona titular de la Dirección General de Andalucía Global.
3.º La persona titular de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
4.º La persona titular de la Dirección General de la Agencia Innovación y Desarrollo de Andalucía.
5.º La persona titular de la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas.
6.º La persona titular de la Dirección General de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico.
7.º Dos personas expertas nombradas por la persona titular de la Consejería competente en materia de acción exterior.
d) La Secretaría, que será ejercida por una persona funcionaria perteneciente a la Secretaría General con competencias en materia de acción exterior con rango de Jefatura de Servicio, que actuará con voz y sin voto.
2. En la composición de la Comisión se velará por la representación equilibrada de mujeres y hombres, en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y en el artículo 11.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
3. En los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal se estará a lo dispuesto en los artículos 93, 94 y 95 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.»