Plan de Inspección Programada en materia de turismo para el año 2025
Información general
- Turismo y Andalucía Exterior
Orden de 30 de diciembre de 2024, por la que se aprueba el Plan de Inspección Programada en materia de Turismo para el año 2025, PIPA 2025.
El Plan de Inspección Programada se articula en torno a los objetivos, líneas estratégicas de actuación y programas generales y específicos a desarrollar en el año 2025 por la Inspección de Turismo, en cumplimiento de las funciones asignadas a ésta por el Decreto 144/2003, de 3 de junio, de la Inspección de Turismo.
1. Verificar el cumplimiento de la normativa turística y por ende, la detección de la prestación de servicios turísticos clandestinos.
2. Informar y asesorar a las personas responsables de los servicios del ejercicio de sus derechos y obligaciones, garantizando el respeto a los derechos de las personas usuarias de los servicios turísticos.
La ejecución material de estos objetivos se llevará a cabo por el personal funcionario de la Inspección de Turismo de las respectivas Delegaciones Territoriales competentes en materia de Turismo o por personal funcionario habilitado al efecto.
Evaluación del plan
Ejecutado el Plan en su totalidad y, en todo caso, al finalizar el periodo de vigencia del mismo, se procederá a elaborar por cada Delegación Territorial una memoria final que habrá de contener:
1.º Un resumen total de actuaciones de los cuatro trimestres.
2.º La cuantificación definitiva de resultados obtenidos en la que se expresará el grado de cumplimiento efectivo del Plan.
3.º Las propuestas y sugerencias para la mejora y elaboración del próximo Plan de Inspección Programada.
4. Finalmente y tras el análisis de la información suministrada por las Delegaciones Territoriales, el Servicio de Empresas y Actividades Turísticas elaborará un balance final que elevará a la Dirección General de Ordenación Turística.