Dirección General de Coordinación Universitaria
Información general
Biografía
Doctor en Ingeniería Agrónoma y Catedrático del Área de Proyectos de Ingeniería en la Universidad de Córdoba (UCO), concretamente en el Departamento de Ingeniería Rural, Construcciones Civiles y Proyectos de Ingeniería, también ha sido vicerrector de Universidad Digital y Planificación Estratégica, de Planificación Académica y Prospectiva y de Planificación Académica y Calidad. En esta institución académica también ha desempeñado otros cargos de responsabilidad y gestión, entre los que destaca el de director de Organización Académica y Estudios de Grado y director de la Escuela Politécnica Superior. Tiene amplia experiencia en materia de investigación, centrando sus líneas de trabajo en el área de los algoritmos evolutivos e interactivos para optimización en ingeniería y en las tecnologías educativas aplicadas a las enseñanzas de Ingeniería. También ha sido evaluador de Proyectos de Innovación Docente de la Agencia Andaluza del Conocimiento, dependiente de la Junta.
Funciones
A la Dirección General de Coordinación Universitaria le corresponden las atribuciones previstas en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre. En particular, son competencias de la Dirección General de Coordinación Universitaria:
- El control, evaluación y seguimiento de la Programación Universitaria del Sistema Universitario Andaluz.
- La promoción, seguimiento y refuerzo de políticas institucionales comunes del Sistema Universitario Andaluz.
- El establecimiento de la oferta de enseñanzas de las universidades andaluzas y sus distintos centros, así como de la autorización de la implantación, modificación y supresión de enseñanzas universitarias.
- La coordinación de las Universidades públicas de Andalucía en materia de política de personal, acceso y promoción profesional, negociación colectiva y prestaciones asistenciales.
- La coordinación de los procedimientos de acceso y admisión a grados y posgrados de las universidades públicas andaluzas.
- La coordinación de las actuaciones para la formación del personal universitario.
- El control, evaluación y seguimiento del Modelo de Financiación y de los Contratos Programa de las Universidades Públicas de Andalucía.
- La coordinación de la política de becas, ayudas y créditos a las personas estudiantes y el impulso y, en su caso, la coordinación de iniciativas de promoción de ayudas al estudio.
- El impulso de la implementación de políticas inclusivas en el ámbito universitario.
- Las facultades de inspección con el fin de vigilar los comportamientos que pudieran dar lugar a la revocación de los actos de aprobación, reconocimiento, adscripción o autorización; a la imposición de sanciones, o al ejercicio de otras potestades de restablecimiento de la legalidad, en los términos de lo establecido en el artículo 18 del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero.