Convenio de Colaboración entre Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza y el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales para el desarrollo de actividades de fomento de la mediación para la prevención y gestión de conflictos laborales.
Fecha de suscripción
Partes firmantes
Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza
Consejo Andaluz de Relaciones Laborales
Duración
Duración de un año, renovable por acuerdo expreso por un periodo similar, a no ser que una de las partes notifique a la otra su deseo de darlo por concluido con una antelación mínima de tres meses antes de la fecha de conclusión del mismo.
No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la duración del Convenio no podrá exceder de cuatro años,pudiendo las partes intervinientes, en cualquier momento y antes de la finalización de este plazo, acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la duración del Convenio no podrá exceder de cuatro años,pudiendo las partes intervinientes, en cualquier momento y antes de la finalización de este plazo, acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
Objeto
El estudio, impulso y divulgación de procedimientos alternativos para la gestión de disputas (ADR), en particular la mediación, para la canalización de la conflictividad laboral y para la prevención de dicha conflictividad a través de las adecuaciones que posibiliten un adecuado clima laboral que redunde en el fomento de la productividad.
Obligaciones económicas
Sin contraprestaciones económicas.
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