Convenio para la regulación del Centro de Investigaciones Científicas Isla de la Cartuja (cicCartuja).

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Consejero de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades
Presidenta de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P.
Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla
Duración
El presente Convenio tendrá una duración indefinida a contar desde su entrada en vigor, de conformidad con lo previsto en el artículo 34.2 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, tras la modificación operada por la disposición final novena, apartado primero, del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Objeto

El objeto de este Convenio es la regulación del Centro de Investigaciones Científicas Isla de la Cartuja (en adelante, cicCartuja), centro mixto de prestación de servicios de investigación de titularidad compartida entre la CTEICU, el CSIC y la Universidad de Sevilla creado en 1995, estableciendo:

I. La misión, naturaleza y funciones del Centro.

II. Los medios materiales y personales que constituyen el Centro.

III. Las bases de la organización del Centro, definiendo sus órganos de gobierno, directivos y de gestión.

IV. El régimen compartido del personal, las instalaciones y el equipamiento e infraestructura científica del Centro.

V. El régimen de planificación, gestión y difusión de la actividad del Centro, así como la imagen corporativa.

VI. El régimen de confidencialidad y la protección de datos.

VII. Las bases del régimen de gestión económica y el presupuesto del Centro.

VIII. La vigencia, causas de extinción y liquidación del Centro, así como las normas sobre desvinculación e incorporación de nuevas entidades.

Obligaciones económicas

Cláusula Decimonovena del Convenio.

- La aportación anual de la CTEICU será de un máximo del 50 % del presupuesto aprobado del Centro con un límite máximo de 1.000.000,00 de euros.

- La aportación anual de CSIC y la US cubrirá a partes iguales el porcentaje restante del presupuesto aprobado del Centro, limitada por sus disponibilidades presupuestarias, y se realizará mediante la efectiva consignación presupuestaria interna que, en concepto de aportación, CSIC y US efectúen en la unidad de gasto destinada a tal fin por cada una de ellas.

Las aportaciones de las instituciones cotitulares podrán ser en especie o directas. Se podrán computar como tales los gastos de personal técnico y de gestión adscrito al Centro que asuman las partes.

( Ver cláusula decimonovena del Convenio.)

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