Convenio para la implementación del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador a las Universidades Públicas Españolas

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades
Consejero de Universidad, Investigación e Innovación
Rector Magnífico de la Universidad de Almería
Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz
Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba
Rector Magnífico de la Universidad de Granada
Rectora Magnífica de la Universidad de Huelva
Rector Magnífico de la Universidad de Jaén
Rector Magnífico de la Universidad de Málaga
Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla
Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide
Duración
Cuatro años desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Podrá prorrogarse por un período de hasta tres años adicionales, sin que en ningún caso pueda extenderse más allá de la finalización del curso académico 2030/2031. Cláusula Octava.

Objeto

El objeto del Convenio es:

a) Implementar de forma equilibrada el Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador en las Universidades Públicas Españolas en la Comunidad de Andalucía, mediante el cual se cubrirán las necesidades de nuevo profesorado derivadas de la implementación de las dedicaciones docentes en determinadas categorías del personal docente e investigador que establece el capítulo IV de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, en su ámbito las Universidades de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla y Pablo de Olavide como universidades públicas presentes y con sede en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Cubrir específicamente las necesidades docentes derivadas de los cambios de dedicación del Profesorado/a Asociado/a y del Profesorado Ayudante Doctor.

c) Incorporar y provisionar nuevas plazas de profesorado en el marco de este programa mediante la figura del Profesor/a Ayudante Doctor, según lo descrito en el anexo del presente convenio. Dicho anexo incorpora la información sobre plazas que a nivel de CC. AA. se incluye en el acuerdo del Pleno de la Conferencia General de Política Universitaria aprobado el 19 de junio de 2024, tanto en el articulado del mismo como en el anexo.

d) Reducir las tasas de temporalidad de la plantilla de profesorado de las universidades públicas andaluzas, para que en el curso 2027-2028 se cumpla con los valores al respecto establecidos en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo. 

Obligaciones económicas

 Cláusulas Tercera y Cuarta del Convenio:

El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la Secretaría General de Universidades asume, con cargo a este convenio, un gasto máximo de seis millones quinientos veinticinco mil ochocientos catorce euros, (6.525.814,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 28.09.322C.450 de los Presupuestos Generales del Estado de 2023 prorrogados para 2024. A partir del año 2025 hasta la finalización del programa, el MICIU se compromete a aportar anualmente la cantidad que en su caso se consignara en los Presupuestos Generales del Estado o mediante conferencia sectorial para atender la financiación del coste derivado de esa creación y provisión de las 468 plazas de Profesor/a Ayudante Doctor en las universidades públicas andaluzas.

La Consejería de Universidad, Investigación e Innovación aportará anualmente, con cargo a su presupuesto de gastos y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, la cantidad necesaria para afrontar de forma equilibrada las necesidades docentes de las universidades públicas andaluzas, y con ella cubrir el coste derivado de la creación y provisión de 306 plazas de Profesor/a Ayudante Doctor en estas universidades. Estas plazas deberán haberse creado y provisionado antes de la finalización del curso 2027-2028. Así como, sufragar el coste a que den lugar los procedimientos de estabilización de todas las plazas de profesorado creadas y provistas al amparo de este convenio, indistintamente del origen de los fondos con los que se hayan creado.

Las Universidades públicas Andaluzas asegurarán la disponibilidad de equipamientos docentes y de investigación necesarios para la adecuada labor académica del nuevo Profesorado Ayudante Doctor que se incorpore a su plantilla al amparo del programa y de este convenio; facilitaran y promoverán la participación del nuevo Profesorado Ayudante Doctor en programas de movilidad nacional e internacional, para garantizar el fortalecimiento y desarrollo de sus capacidades docentes y, especialmente, investigadoras, de transferencia e innovación; promoverán programas de formación de las capacidades docentes para el nuevo Profesorado Ayudante Doctor, con objeto de fortalecer su formación como profesores universitarios y mejorar su capacidad de enseñanza y de transmisión de contenidos y competencias al estudiantado.

Índice