Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación (2023-2025)
Información general
- Universidad, Investigación e Innovación
Orden de 25 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación para el período 2023-2025.
El Plan Estratégico de Subvenciones (en adelante PES) de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación , aprobado mediante Orden de 25 de marzo de 2024, contiene, conforme a lo previsto en el articulo 12 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, tanto los objetivos estratégicos, que describen el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del mismo, como las líneas de subvención en las que se concreta, explicitando para cada una de ellas las áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles para su realización y fuentes de financiación y el régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas de subvenciones; determinando para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan.
Las subvenciones contempladas en el PES se engloban en dos áreas que reflejan los grandes retos de la organización y recogen valores constitucionales y estatutarios, así como principios básicos de la gerencia pública en el desempeño de las competencias propias, tales como el incremento de la calidad, el acceso a los servicios públicos o la mejora en la prestación de los mismos. De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, para estas áreas se definen una serie de objetivos estratégicos que se esperan lograr mediante la actividad subvencional de la Consejería durante el periodo de vigencia del PES.
La relación concreta de objetivos estratégicos es la siguiente:
1. ÁREA DE UNIVERSIDADES Y EMPRENDIMIENTO:
Con la ejecución del Plan Estratégico de Subvenciones, se pretenden alcanzar, en el área de Universidades y Emprendimiento, los siguientes objetivos estratégicos que se detallan:
1.1. Fomentar la formación y el rendimiento académico en la Comunidad Universitaria.
1.2. Reforzar el emprendimiento y el tejido empresarial andaluz a través de la innovación.
2. ÁREA DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN:
Con la ejecución del Plan Estratégico de Subvenciones, se pretenden alcanzar, en el área de la Investigación y de la Innovación, los siguientes objetivos estratégicos:
2.1. Potenciar la formación, la captación, la incorporación y la movilidad de los recursos humanos de I+D+I.
2.2. Fomentar la investigación científica para la generación, desarrollo y aprovechamiento del conocimiento.
2.3. Fomentar la actividad investigadora de excelencia por parte de los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
2.4. Ampliar, mejorar y consolidar las infraestructuras de I+D+I.
2.5. Impulsar la transferencia y difusión del conocimiento.
2.6. Fomentar las actividades de divulgación del conocimiento.
2.7. Fomentar la I+D+I empresarial y la consolidación de los clústeres de innovación.
Además de los objetivos arriba descritos, el PES busca otros beneficios que no se circunscriben a ningún área concreta de competencias, sino que son perseguidos de forma transversal por el conjunto de las subvenciones incluidas en el mismo. Son los siguientes:
- Contribuir a una redistribución equitativa de recursos entre la sociedad, teniendo presentes criterios de necesidades reales y factores económicos y sociales.
- Garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres.
Evaluación del plan
Para llevar a cabo la evaluación del plan, cada centro directivo o entidad realizará anualmente el seguimiento de cada una de las líneas de subvención convocadas, tramitadas y resueltas en su ámbito de actuación respectivo, a fin de comprobar el desarrollo del procedimiento, sus incidencias y el cumplimiento de los objetivos propuestos, en función de los indicadores previamente determinados para tal fin en cada una de las Fichas de las líneas de subvención definidas en función de los distintos objetivos estratégicos del plan.
Con la información recopilada de los distintos centros directivos, se realizará con carácter anual un Informe de Seguimiento que englobe el grado de avance de la aplicación del plan, sus efectos y las repercusiones presupuestarias y financieras. Así, antes del 31 de marzo de cada año se procederá, por la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación a elaborar una propuesta de informe correspondiente al ejercicio anterior que se elevará al titular de la Consejería, para su aprobación. El informe será publicado tanto en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía como en sitio web oficial de la Consejería, y será objeto de remisión a la Intervención General de la Junta de Andalucía y al Parlamento de Andalucía para su conocimiento.