Jubilación voluntaria
La normativa vigente en materia de función pública posibilita que el personal docente acceda a la jubilación voluntaria anticipada. Para ello ha de cumplir determinados requisitos que se encuentran debidamente explicitados en el referido portal docente. Sólo puede acceder a esta modalidad de jubilación el personal acogido al régimen de clases pasivas del Estado.
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