Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada
Información general
Biografía
Nacido en Estepa (Sevilla) en 1962, es licenciado en Filología Hispánica por la Universidad de Sevilla. Ha sido docente, director de departamento y jefe de estudios en diferentes Institutos de Educación Secundaria de la provincia de Sevilla. Parlamentario andaluz por Sevilla en las legislaturas V, VI, VII y IX. Ha sido vocal de la Comisión de Educación de la Cámara Andaluza así como ponente de diferentes leyes y grupos de trabajo relacionados con los ámbitos educativos, universitarios y científicos de la Comunidad Autónoma. También ha sido senador por la Comunidad Autónoma de Andalucía en la IX Legislatura; vicepresidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía, responsable del Departamento de Corporaciones Locales y de Formación de esa Institución y director de Área en la Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa de la Junta de Andalucía.
Funciones
Corresponden a la persona titular de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada las funciones que determina el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
En particular, son competencias de esta dirección general:
- La planificación de los centros docentes cuya titularidad corresponda a la Administración de la Junta de Andalucía y de las enseñanzas que se imparten en los mismos.
- La realización de estudios y la planificación de las previsiones de los recursos materiales correspondientes al desarrollo del sistema educativo.
- La programación anual de recursos humanos docentes y no docentes en los niveles de enseñanza no universitaria, en coordinación con la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.
- Las funciones que, en relación con los centros concertados, atribuye la legislación vigente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, incluida la gestión y tramitación del pago delegado de la nómina del personal docente en dichos centros y la elaboración de las instrucciones conducentes a su confección.
- La escolarización del alumnado del primer ciclo de educación infantil y la propuesta de normas para ello, la planificación de la oferta educativa del primer ciclo de educación infantil, la propuesta de elaboración de las normas sobre organización y funcionamiento de los centros que imparten estas enseñanzas, así como la coordinación y seguimiento de las mismas y la relación de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional con las organizaciones patronales y sindicales representativas del sector.
- La propuesta de distribución de los gastos de funcionamiento ordinarios no vinculados a programas específicos y, en su caso, de los fondos con destino a inversiones que perciban, con cargo al presupuesto de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, los centros docentes públicos no universitarios y los concertados.
- La propuesta de distribución de los gastos vinculados a programas específicos, de competencia de este órgano directivo, que perciban los centros docentes públicos no universitarios, con cargo al presupuesto de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
- La propuesta de clasificación, creación, autorización, cese, modificación o transformación de los centros docentes y el mantenimiento de su registro. Así mismo, la propuesta de convenios con las Corporaciones locales y otras Administraciones para la creación de centros públicos de su titularidad.
- En coordinación con las Delegaciones Territoriales, la escolarización del alumnado y la propuesta de normas para ello, sin perjuicio de las competencias asignadas a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente por el artículo 9.2.d).
- La planificación y ordenación del transporte, comedores y residencias escolares, así como del servicio de atención socioeducativa, de los talleres de juegos, de las aulas matinales y de las actividades extraescolares y, en general, lo relativo a la planificación y ordenación de los servicios complementarios de la educación.
- La gestión de los comedores escolares atendidos con personal propio de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en coordinación con la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.
- La relación de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional con las confesiones religiosas en materia educativa.
- La elaboración de los planes anuales de infraestructuras y equipamientos necesarios en los centros docentes cuya titularidad corresponda a la Administración de la Junta de Andalucía, previa propuesta de actuaciones de las Delegaciones Territoriales.
- La definición de las directrices y programas de la política de fomento en su ámbito competencial.
- La ejecución de las actuaciones financiadas con fondos estructurales u otros fondos de la Unión Europea del ámbito competencial de la Dirección General, mediante los procedimientos administrativos ordinarios que correspondan, asegurando el cumplimiento de los requerimientos reglamentarios y legales y la buena gestión financiera, y teniendo en cuenta los objetivos e indicadores que se establezcan.
- La evaluación de riesgos, la detección de vulnerabilidades y la elaboración de un plan de acción para evitar o mitigar posibles incumplimientos de los objetivos e indicadores de los programas operativos y otros mecanismos de financiación europea en el ámbito de sus competencias.
- La colaboración en actuaciones de verificación y auditoría de las actuaciones financiadas con fondos de la Unión Europea, en el ámbito de sus competencias.
- El mantenimiento de los sistemas de información de gestión y seguimiento que se establezcan, con la documentación relativa al cumplimiento de los objetivos e indicadores que correspondan a su competencia, conforme a las exigencias establecidas en los reglamentos europeos de cada fondo de financiación.
- Las actuaciones que, conforme a la normativa de protección de datos personales, le correspondan como responsable del tratamiento en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas.
- El Registro de Procedimientos y Servicios de los procedimientos administrativos y servicios que gestiona la Dirección General, en coordinación con la Secretaría General Técnica.
- Cualesquiera otras competencias que le atribuya la legislación vigente.
A través de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada queda adscrita funcionalmente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional la Agencia Pública Andaluza de Educación, sin perjuicio de su adscripción orgánica.