Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa
Información general
Biografía
Nacido en Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) en 1970, es maestro de las especialidades de Primaria, Pedagogía Terapéutica y Educación Física por la Universidad de Cádiz, Licenciado en Filosofía y Ciencias de la Educación (Pedagogía) por la Universidad de Sevilla y estudios de doctorado en Desigualdades e Intervención Social por la Universidad Pablo de Olavide. Docente en Primaria y Secundaria durante 18 años, ejerciendo en ese período cargos de secretario, jefe de estudios y director en centros docentes. Desde 2012 es funcionario del cuerpo de Inspección Educativa con destino en la Delegación Territorial de Cádiz, siendo coordinador de equipo de zona de inspección desde 2014 a 2019. Hasta su nombramiento como director general de Ordenación y Evaluación Educativa desempeñaba el cargo de Inspector General de Educación de la Junta de Andalucía. Ha realizado funciones de coordinador de proyectos Intercentros Escuela. Escuela Espacio de Paz (2002-2004), coordinador del Plan de Familia (2010-2012) así como del Plan de Formación del Servicio de Inspección Educativa de Cádiz (2014-2019). Cuenta con ponencias en distintas jornadas, encuentros y congresos, así como publicaciones en el ámbito de la supervisión y evaluación educativa.
Funciones
Corresponden a la persona titular de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa las funciones que determina el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
Son competencias de esta dirección general en materia de ordenación y evaluación educativa:
- La propuesta de elaboración de las normas sobre organización y funcionamiento de los centros docentes, así como la coordinación y seguimiento de las mismas.
- La propuesta de los diseños curriculares y la ordenación de todas las enseñanzas no universitarias, incluidas las artísticas, las de idiomas, las de educación permanente y las deportivas, así como las normas y orientaciones necesarias para su efectividad, sin perjuicio de las competencias asignadas a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente en el artículo 9.3.c).
- La ordenación de la evaluación del sistema educativo andaluz, así como la definición de los criterios de evaluación del rendimiento escolar del alumnado y su análisis.
- La coordinación de la evaluación del sistema educativo andaluz.
- La realización de las evaluaciones del sistema educativo andaluz.
- La instauración de un sistema de información homogéneo que asegure la evaluación objetiva del sistema educativo andaluz.
- La colaboración con los organismos nacionales e internacionales de evaluación educativa para el cumplimiento de sus fines y la participación en los programas internacionales de evaluación educativa.
- La elaboración de planes de mejora derivados de las evaluaciones que se lleven a cabo, así como el seguimiento de la aplicación de los mismos mediante la evaluación de sus resultados.
- La realización de evaluaciones y estudios que contribuyan a favorecer la calidad y mejora de la enseñanza.
- La supervisión y selección de los libros de texto y materiales complementarios, así como la coordinación de su registro, en el ámbito de competencias de la Comunidad Autónoma.
- El diseño, desarrollo y ejecución de las actuaciones y programas destinados al refuerzo de las competencias en matemáticas, lengua y lenguas extranjeras.
- La coordinación con las universidades en materia de educación superior, sin perjuicio de la que corresponde a otros órganos directivos.
Son competencias de esta dirección general, en materia de enseñanzas de régimen especial:
- La escolarización del alumnado en las enseñanzas de régimen especial así como la propuesta de normas para ello.
- La determinación de la oferta formativa de las enseñanzas de régimen especial, de acuerdo con la planificación establecida por la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada.
- La coordinación de las enseñanzas especializadas de idiomas y deportivas.
- La organización y desarrollo de las pruebas de acceso a las enseñanzas de régimen especial.
- La escolarización del alumnado de enseñanzas artísticas superiores así como la propuesta de normas para ello.
Son competencias de esta dirección general, en materia de fondos europeos y gestión del gasto:
- La ejecución de las actuaciones financiadas con fondos estructurales u otros fondos de la Unión Europea del ámbito competencial de la Dirección General, mediante los procedimientos administrativos ordinarios que correspondan, asegurando el cumplimiento de los requerimientos reglamentarios y legales y la buena gestión financiera, y teniendo en cuenta los objetivos e indicadores que se establezcan.
- La evaluación de riesgos, la detección de vulnerabilidades y la elaboración de un plan de acción para evitar o mitigar posibles incumplimientos de los objetivos e indicadores de los programas operativos y otros mecanismos de financiación europea, en el ámbito de las competencias de la Dirección General.
- La colaboración en actuaciones de verificación y auditoría de las actuaciones financiadas con fondos de la Unión Europea, del ámbito de sus competencias.
- El mantenimiento de los sistemas de información de gestión y seguimiento que se establezcan, con la documentación relativa al cumplimiento de los objetivos e indicadores que correspondan a su competencia, conforme a las exigencias establecidas en los reglamentos europeos de cada fondo de financiación.
- La propuesta de distribución de los gastos vinculados a programas específicos, de competencia de este órgano directivo, que perciban los centros docentes públicos no universitarios, con cargo al presupuesto de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Así mismo, son competencias de esta dirección general:
- La gestión y coordinación de las actuaciones dirigidas a la conmemoración de efemérides.
- La definición de las directrices y programas de la política de fomento en su ámbito competencial.
- Las actuaciones que, conforme a la normativa de protección de datos personales, le correspondan como responsable del tratamiento en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas.
- La gestión de los portales relativos a las competencias de la presente Dirección General.
- El Registro de Procedimientos y Servicios de los procedimientos administrativos y servicios que gestiona la Dirección General, en coordinación con la Secretaría General Técnica.
- Cualesquiera otras competencias que le atribuya la legislación vigente.