Dirección General de Participación e Inclusión Educativa

Información general

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Titular
Almudena García Rosado
Sede
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional
C/ Juan Antonio de Vizarrón s/n. Edificio Torretriana. Isla de la Cartuja
Sevilla, 41092

Biografía

Nacida en Ronda (Málaga) en 1977, es maestra en Educación Musical (1999) y Licenciada en Psicopedagogía (2005), ambas titulaciones obtenidas por la Universidad de Málaga. También posee los títulos de Profesor Superior y de Profesor de Solfeo, Teoría de la Música, Transposición y Acompañamiento y de Piano por el Conservatorio Superior de Música de Málaga. Funcionaria de carrera desde el año 2003, es profesora de Instituto de Secundaria por la especialidad de Música e Inspectora de Educación desde 2017. Ha sido directora general Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, directora general de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia escolar y jefa de Servicio de Ordenación de Enseñanzas de Régimen Especial de la Consejería de Educación y Deporte.

Funciones

Corresponden a la persona titular de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa las funciones que determina el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

Son competencias de esta dirección general, en materia de participación y convivencia:

  • El fomento de la participación de los agentes sociales en la educación y, en particular, de los distintos sectores de la comunidad educativa en la vida de los centros, desde los consejos escolares, o los Delegados de Padres y Madres hasta los Programas específicos de participación de la comunidad educativa en la gestión de los centros docentes.
  • La relación de la Consejería de Desarrollo Educativo con las organizaciones representativas del alumnado, de los padres y madres de alumnos y alumnas, con las asociaciones representativas de las necesidades específicas de apoyo educativo, con las asociaciones, entidades e instituciones representativas en materia de igualdad de género, así como la gestión de las ayudas económicas dirigidas a estas, en su caso.
  • La gestión y el mantenimiento del Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza a que se refiere el artículo 180 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre.
  • La atención de las actividades de formación dirigidas a los padres y madres del alumnado, para un mejor conocimiento del sistema educativo y de la normativa que lo regula, así como la gestión del portal de recursos educativos y formativos destinados a las familias.
  • La gestión del voluntariado en el ámbito educativo, y de las ayudas económicas establecidas en este ámbito, así como la innovación en el mismo y la coordinación de las políticas educativas con la Consejería competente en materia de voluntariado.
  • El impulso, la coordinación, la planificación, la gestión y la evaluación de las políticas educativas con perspectiva de género, a través de la Unidad de Género, de acuerdo con lo previsto en el artículo 60 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
  • El diseño de medidas y actuaciones destinadas a la promoción de la igualdad de género, la coeducación y la prevención de la violencia de género en el ámbito educativo, así como las acciones de investigación e innovación, destinadas a ese mismo fin.
  • La ordenación y gestión de las medidas y programas para la promoción de la cultura de paz y la mejora de la convivencia en los centros docentes y la atención a la comunidad educativa y a la ciudadanía en general en cuestiones relativas a la convivencia escolar.
  • La organización, la gestión y el seguimiento de las actuaciones y medidas de atención a la diversidad en los centros docentes.
  • La propuesta de elaboración de normas en materia de participación, voluntariado en los centros docentes, orientación educativa, atención a la diversidad, becas y ayudas al estudio, convivencia escolar e igualdad de género, así como la coordinación y seguimiento de las mismas.
  • La coordinación de las ayudas económicas destinadas a prevenir el absentismo escolar y el abandono temprano del Sistema Educativo así como la implementación, la gestión y el seguimiento de medidas, actuaciones y programas destinados a estas finalidades, incluidos los programas financiados con fondos sociales.
  • La organización y la gestión de los Programas educativos para la mejora de hábitos de vida deportiva, a los que se refiere el artículo 39 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, relacionados con el Plan de Deporte Escolar, así como la coordinación con las Consejerías competentes en Deporte y Salud en el seguimiento del mismo.
  • La coordinación de actuaciones innovadoras en los ámbitos de la inclusión, la participación y la educación en valores en la vida de los centros docentes así como proyectos solidarios de servicio a la comunidad y de mejora del entorno, conforme al artículo 39 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, con especial atención a la resolución pacífica de conflictos, el impulso a la igualdad entre hombres y mujeres y la erradicación de la violencia de género en los centros docentes.
  • La atención al alumnado de origen extranjero, especialmente el migrante o refugiado, mediante medidas, programas y ayudas de compensación de las desigualdades así como la coordinación de las políticas educativas en este aspecto con las Consejerías competentes en materia de inmigración y políticas sociales, así como con las entidades de o pro inmigrantes.
  • El desarrollo de actuaciones de sensibilización, formación e implicación de la comunidad educativa en materia de convivencia escolar.
  • Diseño, implementación y seguimiento de actuaciones destinadas a la prevención del acoso escolar y del ciberacoso.

Son competencias de esta dirección general, en materia de inclusión educativa:

  • El diseño, desarrollo y ejecución de las actuaciones y programas destinados a atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo a que se refiere el artículo 113 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre.
  • En general, la programación y ejecución de las acciones que potencien el ejercicio de la inclusión y la equidad en la escuela, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, en la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, y en las disposiciones que las desarrollan.
  • La gestión y propuesta de resolución de las becas y ayudas al estudio financiadas con fondos propios, así como la propuesta de desarrollo normativo y la ejecución de las becas y ayudas estatales, en el ámbito de las enseñanzas no universitarias.
  • La orientación educativa.
  • La ordenación y gestión del programa de gratuidad de los libros de texto de la enseñanza obligatoria en los centros docentes sostenidos con fondos públicos.

Son competencias de esta dirección general, en materia de fondos europeos y gestión del gasto:

  • La ejecución de las actuaciones financiadas con fondos estructurales u otros fondos de la Unión Europea del ámbito competencial de la Dirección General, mediante los procedimientos administrativos ordinarios que correspondan, asegurando el cumplimiento de los requerimientos reglamentarios y legales y la buena gestión financiera, y teniendo en cuenta los objetivos e indicadores que se establezcan.
  • La evaluación de riesgos, la detección de vulnerabilidades y la elaboración de un plan de acción para evitar o mitigar posibles incumplimientos de los objetivos e indicadores de los programas operativos y otros mecanismos de financiación europea, en el ámbito de las competencias de la Dirección General.
  • La colaboración en actuaciones de verificación y auditoría de las actuaciones financiadas con fondos de la Unión Europea, del ámbito de sus competencias.
  • El mantenimiento de los sistemas de información de gestión y seguimiento que se establezcan, con la documentación relativa al cumplimiento de los objetivos e indicadores que correspondan a su competencia, conforme a las exigencias establecidas en los reglamentos europeos de cada fondo de financiación.
  • La propuesta de distribución de los gastos vinculados a programas específicos, de competencia de este órgano directivo, que perciban los centros docentes públicos no universitarios, con cargo al presupuesto de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

Así mismo, son competencias de esta dirección general:

  • La gestión y coordinación de las actuaciones dirigidas a la conmemoración de efemérides en materia de su competencia, sin perjuicio de las atribuidas a otros órganos directivos.
  • La definición de las directrices y programas de la política de fomento en su ámbito competencial.
  • Las actuaciones que, conforme a la normativa de protección de datos personales, le correspondan como responsable del tratamiento en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas.
  • Gestión de los portales relativos a las competencias de la presente Dirección General.
  • El Registro de Procedimientos y Servicios de los procedimientos administrativos y servicios que gestiona la Dirección General, en coordinación con la Secretaría General Técnica.
  • Cualesquiera otras competencias que le atribuya la legislación vigente.

Unidades

Coordinadora General
Responsable: Clara Crespo Carrasco
Servicio de Participación
Responsable: Adela M. Costas Díaz-Jara
Servicio de Orientación Educativa y Atención a la Diversidad
Responsable: M. Carmen Angulo Domínguez
Servicio de Convivencia e Igualdad
Responsable: Sonia Andaluz Sánchez
Servicio de Becas y Ayuda al Estudio
Responsable: José Miguel Romero Rodríguez
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